Asuntos Sociales
La Ley de Familias cumple año y medio paralizada en el Congreso
Lleva más de 50 prórrogas a la espera de su primer debate
a Ley de Familias, aprobada por el Consejo de Ministros en febrero de 2024, cumple esta semana un año y medio paralizada en el Congreso con más de 50 prórrogas del plazo de enmiendas y sin fecha para su primer debate, y todo ello pese que el Gobierno la tramitó por el procedimiento de urgencia.
El proyecto se aprobó en el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, pero la redacción original se preparó en el despacho de la antecesora de Pablo Bustinduy, Ione Belarra.
La Ley de Familias reconoce la diversidad de las diferentes situaciones familiares y busca mejorar la protección social de las mismas. En concreto, tiene tres objetivos: reconocer jurídicamente y tratar de equiparar la diversidad familiar al marco legal, mejorar la protección social que perciben todos los supuestos de familias en España y la equiparación jurídica de las familias.
"Es conocido que la política social, y especialmente lo que tiene que ver a la protección de las familias y de la infancia, ha sufrido tradicionalmente un déficit estructural de inversión pública en España, un déficit que se cifra aproximadamente en un punto porcentual del PIB en relación a la media europea, situación que además fue agravada por todos los recortes de la década pasada", aseguró en febrero de 2024 en la presentación del texto Pablo Bustinduy en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Así, la norma reconoce jurídicamente a todos los supuestos de familias, como las monomarentales, las adoptivas, las familias LGTBI y las que cuentan entre sus miembros a personas con discapacidad.
En cuanto a la renta de crianza de 100 euros al mes, actualmente tienen este derecho las madres trabajadoras con hijos de hasta tres años, las que perciben prestaciones contributivas o asistenciales por desempleo, las que estén dadas de alta en el momento del nacimiento o cualquier momento posterior en su régimen de seguridad social durante un mínimo de 30 días cotizados y las madres que tienen derecho al complemento de apoyo a la infancia (CAPI) del Ingreso Mínimo Vital.
Así, con esta norma, según precisaron fuentes del ministerio, no se contemplan nuevos supuestos con derecho a la renta de crianza de 100 euros al mes, sino una mejora técnica para actualizar la terminología de los casos de acogimiento familiar y guarda para adecuarla a la que se establece en el Código Civil. Por lo tanto, ya no es "acogimiento preadoptivo", que es lo que aparece en la vigente Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sino "guarda con fines de adopción".
A través de esta ley el Ejecutivo elimina el término de 'familias numerosas', que pasarán a llamarse 'familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza' y serán las que hasta ahora eran consideradas numerosas de categoría general como aquellas con cuatro hijos, en vez de cinco como hasta el momento; las familias con tres hijos en caso de parto múltiple, en vez de cuatro como en la actualidad, las familias con tres hijos y bajos ingresos, las monoparentales con dos hijos a cargo, las de dos hijos que tengan un padre o un hijo con al menos 33% de discapacidad y los hogares con dos hijos encabezados por una víctima de violencia de género.
Si bien, Bustinudy se ha mantenido dispuesto en este tiempo a introducir cambios en el Congreso, como mantener la denominación 'familias numerosas', que desaparece de la norma.
En caso de separaciones o divorcios con custodia compartida el título de familia numerosa lo podrán ostentar ambos progenitores, para acogerse ambos a los beneficios por familia numerosa.
La norma también recoge que las familias monoparentales tendrán prioridad en la elección de colegios, a la hora de acceder a una vivienda protegida, entre otras situaciones. Asimismo, las familias con una sola persona progenitora tendrán acceso a dieciséis semanas de educación infantil de forma gratuita dentro de los veinticuatro meses a contar desde el nacimiento.
En cuanto a las parejas de hecho, se creará un registro estatal y tendrán los mismos derechos que un matrimonio. En este caso, recibirán pensión de viudedad y quedan recogidas en el acceso al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos para los hijos e hijas a cargo en caso de disolución de la pareja de hecho.
Respecto a la estructura de la ley, fuentes del departamento aseguran que tiene cinco partes: la primera, incluye principios y valores; la segunda, la protección general a todas las familias; la tercera, disposiciones específicas de las diferentes realidades familiares; la cuarta, cómo se va a organizar la cooperación para que se puedan llevar a cabo las medidas; y, la quinta, los cambios normativos.
"En definitiva, es una ley que va a afianzar una red de protección y apoyo a las familias y a la crianza, que dará cumplimiento al mandato del artículo 39 de la Constitución, y que yo creo que sirve no solo para profundizar en la igualdad y la justicia social, sino también en la libertad, la libertad de cada cual para poder desarrollar plenamente sus elecciones y sus proyectos vitales", destacó Bustinduy en su presentación el año pasado.
Por parte de la oposición, al PP no le ha convencido nunca la norma presentada por Bustinduy, ya que consideran que invade competencias autonómicas. En este sentido, los 'populares', en octubre del año pasado, registraron su proposición de ley sobre conciliación.
Por su parte, asociaciones de familias han pedido a lo largo de este tiempo que se apruebe la ley. Es el caso de la Federación de Asociaciones de Madres Solteras (FAMS), que lanzó en mayo una campaña en la que denunciaban "abandono institucional".
Así, bajo el lema 'Prohibido jugar a la pelota en el Congreso', las familias monomarentales reclamaron a los políticos que dejasen "de pasarse la pelota" unos a otros y aprobasen "un marco protector" para ellas.