"Stealthing"
Quitarse el preservativo en medio de la relación sexual es delito, declara el Supremo
El Tribunal vota por unanimidad que esta práctica atenta contra la libertad sexual, y será penada como una penetración sin consentimiento
Quitarse el condón sin comunicárselo a la pareja mientras se mantienen relaciones sexuales o no usarlo si se ha pactado previamente es delito, según lo ha declarado este miércoles el Tribunal Supremo. El alto tribunal ha considerado por unanimidad que el "stealthing" (sigilo, en español) atenta contra la libertad sexual, según ha informado en un comunicado. Por este motivo cualquiera de estas prácticas estará considerada a partir de este momento como otra forma de agresión sexual.
Sobre la pena a imponer, cinco magistrados han considerado que debe fijarse la misma que se aplica a una penetración sin consentimiento. Del resto de los integrantes no ha trascendido su postura.
La sentencia, que será publicada y notificada en las próximas semanas, servirá para arrojar luz sobre una modalidad delictiva con escasa jurisprudencia en España, como advirtieron unos jueces que impusieron una reciente condena basada en esta figura.
El embarazo no deseado, enfermedades de transmisión sexual y secuelas psicológicas son algunas de las consecuencias de las víctimas del "stealthing".
El pasado mes de enero el Tribunal Supremo empezó a estudiar este asunto a raíz de un caso procedente de la Audiencia Provincial de Sevilla, donde el acusado fue condenado a 4 años de cárcel por un delito de abuso sexual y a 6 meses de prisión por otro de lesiones, informa Ep.
Inicialmente eran cinco magistrados de la Sección Segunda los que se dispusieron a abordar la deliberación y fallo del recurso presentado por el hombre contra esta condena, que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía. Sin embargo, finalmente decidieron elevarlo a Pleno al entender que planteaba una cuestión novedosa que el Supremo no había abordado hasta ahora.
Hace unos meses, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a dos años de cárcel por un delito contra la libertad sexual a un hombre que mantuvo relaciones sexuales sin preservativo con una mujer a pesar de que había pactado usarlo ante el temor de ella a quedarse embarazada o contraer enfermedades de transmisión sexual.
La audiencia madrileña le condenó por un delito de abuso sexual, a consecuenciadel cual la mujer contrajo una enfermedad de transmisión sexual, y detalló que se trataba de un caso de "stealthing", consistente en "la retirada subrepticia, en prescindir o no usar con el mismo sigilo el preservativo durante todo o parte de una relación sexual, pese a haber sido pactado o impuesto por la pareja como condición para prestar el consentimiento".
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