Tribunales

Confirman dos años de cárcel a un monitor de boxeo por abuso sexual sobre una alumna de 12 años

La sentencia indica que “el acusado la cogió del cuello, le apretó y le pidió que le diese un beso en la boca, a la vez que le tocaba sus genitales con la mano por encima de su ropa”

Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Sevilla. JUNTA DE ANDALUCÍA
Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Sevilla. JUNTA DE ANDALUCÍAJUNTA DE ANDALUCÍAJUNTA DE ANDALUCÍA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Sevilla, que condena a un varón a dos años de cárcel por abusar sexualmente de una menor de 12 años a la que impartía clases de boxeo. En una sentencia emitida el pasado 26 de octubre, difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA y recogida por Europa Press, el Alto tribunal andaluz aborda un recurso de apelación, interpuesto por un varón contra una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, que le condena a dos años de cárcel por un delito de abusos sexuales.

En concreto, la Sección Tercera de la Audiencia declaró probado que “sobre las 12 horas del día 26 de julio de 2017, una menor de 12 años de edad a la fecha los hechos se encontraba en un gimnasio” de la ciudad hispalense “donde recibía clases de boxeo que le impartía, quien ese día y algún otro esporádico ejercía como monitor, en sustitución del profesor habitual, el acusado” José B.R., mayor de edad y sin antecedentes penales. Ese día, según la Audiencia, “excepcionalmente, la clase se desarrolló en la azotea del edificio y una vez finalizada la clase, el acusado indicó a los alumnos que bajaran a la planta baja”.

Mientras la citada menor descendía la escalera, según el relato de hechos probados, “el acusado la llamó desde la planta superior” y al coincidir ambos “en el rellano de la escalera que da acceso a la azotea, aprovechando se encontraba solo” con ella, “el acusado la cogió del cuello, le apretó y le pidió que le diese un beso en la boca, a la vez que le tocaba sus genitales con la mano por encima de su ropa”, según la sentencia inicial condenatoria, que detalla que la chica “logró zafarse del acusado dándole un empujón y salió corriendo”, para finalmente narrar los hechos al llegar a su hogar. Por tales hechos, José B.R. fue condenado a dos años de cárcel, cinco años de libertad vigilada post penitenciaria y otros cinco años de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella, siéndole impuesta además una indemnización de mil euros en favor de la menor.

Frente a ello, el recurso de apelación elevado por el inculpado al TSJA se sostenía en que el testimonio de la menor, “prueba central en la que se basa la condena”, no sería “coherente ni creíble, así como que el informe pericial emitido por la asociación Adima carece de rigor”.