El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha vuelto a advertir al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) que tiene “pendiente” de remitir a la sala la “certificación municipal” que le reclamó para demostrar si ha modificado o no como debe por imperativo legal la calificación del Algarrobico “a suelo no urbanizable de especial protección” en su planeamiento urbanístico. El alto tribunal recuerda al consistorio, asimismo, que pesa sobre su alcalde, José Luis Amérigo (PSOE), la “posibilidad” de que sea multado o, incluso, de que le sean exigidas “responsabilidades por la vía penal” por no dar “perfecto cumplimiento” a la sentencia firma de 2016 que le obliga a anular tanto el sector urbanístico del Algarrobico, como el anexo de El Canillar, por estar en zona protegida del parque natural de Cabo de Gata-Níjar. En una providencia de 4 de octubre, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sala señala que solicitó “certificación municipal” en la que se “hiciera constar” si ambos sectores urbanísticos “figuran o no” en el PGOU como suelo no urbanizable, y si se ha procedido o no “a la anulación y al archivo definitivo de ambos sectores” en mayo y remarca que se la volvió a reclamar en julio. En concreto, entonces dio trámite de al alcalde carbonero para que, en el plazo de diez días, pudiese manifestar lo que tuviese “conveniente” sobre el apercibimiento de “multa coercitiva de 250 euros cada semana” hasta “dar perfecto cumplimiento” al fallo que está ejecutando y mencionó por primera vez la posibilidad de deducir testimonio de particulares para “exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder”. En la misma providencia, el alto tribunal andaluz no se pronuncia aún sobre la petición realizada por el Ayuntamiento carbonero para que le amplíe el “plazo concedido” para dar cumplimiento “íntegro” a la sentencia y acuerda dar trámite de alegaciones a Greenpeace para que “manifieste su parecer” sobre esta solicitud. La providencia de 16 de mayo que pide las certificaciones municipales se dictó en el marco de la ejecución de la sentencia de 2016 que concluyó que los parajes del Algarrobico, donde se levanta el polémico hotel de Azata del Sol y el Canillar, también propiedad de la promotora, son “suelo no urbanizable de especial protección” de acuerdo a la normativa ambiental que rige en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar. Greenpeace ya advirtió en septiembre de 2021 al Alto tribunal andaluz de que la modificación del planeamiento urbanístico de Carboneras (Almería) que califica El Algarrobico como suelo no urbanizable de especial protección y que aparecía publicada en el BOP no tenía “valor alguno”, y subrayó que se trataba de una “maniobra municipal” para “eludir” la acción de la justicia. Recordó que la sala requirió al ayuntamiento para que anulase los sectores urbanísticos ST-1, donde se asiente el hotel de Azata del Sol, y ST-2 o El Canillar, y que lo que se publicó en BOP fue una “dación de cuentas” de la citada modificación que, sin embargo, no había sido “aprobada provisionalmente por el pleno” de la corporación local, requisito para que pueda ser inscrita en el Registro General de Planeamiento de la Junta de Andalucía. Greenpeace interesó, asimismo, al TSJA que apercibiese al actual alcalde de que podía incurrir en “desobediencia” sino cumplía “en sus debidos términos” la modificación del PGOU que ordenaba la sala y remarcó que el Ayuntamiento de Carboneras” no había cumplido hasta la fecha ni una sola de las numerosísimas resoluciones judiciales que se han producido en torno al hotel, postura que es inadmisible en un estado de derecho y merece ser reprochada penalmente”. A principios de septiembre, el Ayuntamiento de Carboneras argumentó para solicitar que se ampliase el plazo que lo pedía el TSJA requería “actuaciones complejas” que implicaban “la intervención de diferentes” administraciones y alegó la falta de “medios” municipales, ya que “no disponía, a día de la fecha, de arquitecto municipal. En su escrito al TSJA, comunicó que, atendiendo a lo que tildó de “nuevo requerimiento” de la sala, había procedido a “reaperturar” mediante un Decreto de Alcaldía el expediente de ejecución y a recabar “informes precisos en orden a la modificación del planeamiento municipal” y sobre “la suficiencia de las actuaciones ya emprendidas” por la administración local para su cumplimiento. Con esto, se refiería a la modificación de planeamiento que no llegó a aprobarse en pleno, ante el que solo se hizo una dación de cuenta y que se publicó como tal en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) hace ahora un año. El Ayuntamiento de Carboneras informó, asimismo, de que el anterior expediente, ahora “reaperturado” por Decreto de Alcaldía de 1 de septiembre, “se remitió” a la Junta de Andalucía de la que, según sostuvo, no había recibido “respuesta alguna”. El citado Decreto de Alcaldía, en el que se hace constar que la corporación local “ya efectuó” traslado al tribunal de la modificación número 1 del PGOU carbonero para “adaptar las condiciones de edificabilidad” en El Algarrobico y el Canillar acuerda requerir a los servicios técnicos municipales para que emitan informe emitan y certificación sobre la clasificación urbanística vigente de esos sectores. Dispone también remitir oficio a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta “reiterando la comunicación hecha en junio” de la modificación de la que se dio cuenta al pleno y a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul a fin de que informe “sobre las condiciones de edificabilidad a la luz” de la normativa ambiental que rige en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar y por la que se pide el derribo del polémico hotel de Azata del Sol.