Sucesos
Los testigos del crimen de Cuevas del Almanzora afirman que vieron al acusado apuñalar a la víctima
Le habría apuñalado en el tórax, pese a que el acusado se ha desligado de los hechos y ha afirmado que solo acudió a auxiliar a la víctima tras oírla gritar
Los testigos citados para declarar en el juicio contra el hombre de 42 años y natural de Gambia acusado de acabar con la vida de un compatriota con un cuchillo en Cuevas del Almanzora (Almería) en diciembre de 2020 han asegurado que vieron al encausado “encima” de la víctima empuñando el arma de 18 centímetros de hoja con la que, según han asegurado, le habría apuñalado en el tórax, pese a que el acusado se ha desligado de los hechos y ha afirmado que solo acudió a auxiliar a la víctima tras oírla gritar.
La versión ofrecida por los testigos en la primera sesión del juicio con jurado que acoge la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha chocado frontalmente con la dada por el acusado, quien solo ha contestado a las preguntas de su defensa para asegurar que él no cometió el crimen aunque había tenido una “pequeña discusión” con la víctima momentos antes en el mismo lugar de los hechos, situado en la calle Castillo de Román.
El acusado ha manifestado que, en su discusión previa, recibió “amenazas” de la víctima, quien habría llegado incluso a golpearle con un palo en el antebrazo izquierdo, de modo que salió “corriendo” de allí porque le tenía “miedo”. Según su versión, no fue hasta un momento después cuando escuchó “gritos” y volvió donde se encontraba su compatriota, al que vio “muerto tirado en el suelo”, por lo que, según ha añadido, intentó socorrerlo.
El procesado, para el que la Fiscalía solicita 13 años de prisión por un delito de homicidio, ha afirmado que en el momento en el que se acercó a la víctima estaban “solamente ellos dos” y que no pudo ver a nadie a quien identificar como posible agresor, de manera que no fue hasta “unos minutos” después cuando, según ha explicado, aparecieron otras personas. Del mismo modo, ha negado que viera ningún cuchillo que pudiera haberse usado como arma homicida en la escena del crimen.
Ante la llegada de distintas personas, el acusado ha explicado que se fue a su casa porque no quería “problemas” pero que cuando se encontraba en la puerta fue detenido por agentes de la Policía Local sin que llegara a hablar con ellos. El hombre, quien ha reconocido que tanto el día de los hechos como los anteriores fumaba estupefacientes como cannabis, ha rechazado la autoría del crimen.
Frente a esta versión, dos de los testigos que han prestado declaración ante el jurado popular han afirmado que presenciaron directamente el apuñalamiento. El primero de ellos ha relatado que mientras estaba en su vivienda oyó a alguien cerca de su casa “pedir ayuda” porque le querían “matar”, con lo que acudió al lugar situado “como mucho a un minuto” de distancia.
Fue así como, según ha narrado, vio al acusado “apuñalando” a la víctima encima suya, de modo que otros testigos -al menos tres personas- tuvieron que separarlos. De la misma forma, según ha contado, tuvieron que quitarle el cuchillo; un aspecto en el que ha coincidido con el segundo testigo que, junto con dos personas más, acudió para separarlo de la víctima. El acusado abandonó entonces el lugar de los hechos.
Aunque los testigos han asegurado ver el apuñalamiento por estar en el lugar de los hechos, donde el cuchillo fue arrebatado al acusado, ninguno de ellos ha podido dar cuenta del paradero del arma, que no fue encontrada. Del mismo modo, uno de ellos ha expresado su convencimiento de que el acusado, que “tenía una herida en una mano, un corte”, padece algún tipo de trastorno mental.
La Fiscalía, que sostiene que el acusado actuó con el “ánimo de matar” a la víctima, a la que además habría “golpeado con un objeto tipo barra”, solicita además de la pena de prisión una medida de libertad vigilada de diez años, toda vez que interesa también su expulsión del territorio nacional durante diez años una vez tenga acceso al tercer grado o cuando haya cumplido la tres cuartas partes de la condena impuesta.
Con ello, sostiene que los hechos tuvieron lugar sobre las 14,45 horas del 16 de diciembre de 2020 cuando supuestamente el acusado y la víctima entablaron una discusión en la calle Cuesta de Calvario, próxima al Castillo del Marqués de los Vélez. Fue ahí donde, según la acusación del Ministerio Público, el acusado “clavó un cuchillo monocorte, puntiagudo y con un ancho de hoja hasta donde penetró, de al menos 18 centímetros” en el pecho y en el brazo, al tiempo que le habría golpeado con un “objeto contundente tipo palo o barra”.
La víctima presentaba varias heridas por cortes y punzadas en la cara, la axila y el brazo izquierdo, toda vez que mostraba una herida penetrante en el costado izquierdo “mortal de necesidad” y otra más que afectó al pulmón izquierdo, siendo esta de “riesgo vital”.
El fallecido, que carecía de familiares en el territorio nacional, murió debido a un “shock cardiogénico o taponamiento cardíaco”, esto es, una “herida cardíaca por arma blanca” con un cuchillo que no fue localizado, aunque sí lo fue un palo de madera que se habría empleado en el ataque.
La defensa del único encausado por el crimen ejercida por el letrado Eduardo Muñoz Simó ha solicitado par su patrocinado la libre absolución al entender que, si bien mantuvieron una discusión “verbal” el día de los hechos, “no hubo ningún tipo de agresión física” entre ambos, de modo que el acusado se marchó del lugar hasta que “escuchó chillar” a la víctima y “pedir ayuda”.
Así, ha defendido que el acusado halló a la víctima “tendido en el suelo” con “abundante sangre” en los alrededores del cuerpo y un “palo de madera redondo” con un extremo “manchado de sangre”. Del mismo modo, mantiene que otras tres personas se personaron segundos después al lugar donde se encontraba el cuerpo, de modo que durante la instrucción han “prestado declaraciones contradictorias entre sí” sin que ninguna de ellas, según la defensa, llegara a ver al acusado “apuñalar” a la víctima.
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