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Tribunales

Le reducen la pena a dos años y tres meses de cárcel por distribuir pornografía infantil

Elimina un agravante por el grado denigrante del contenido que solo se aprecia en un 0,3 % de sus archivos

La sede del TSJA EUROPAPRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido de seis años a dos años y tres meses de cárcel la pena impuesta a un procesado condenado por distribución de pornografía infantil al eliminar un agravante por el grado denigrante del contenido que solo se aprecia en un 0,3 % de sus archivos.

La sentencia de la Sala de lo Penal del alto tribunal, a la que ha tenido acceso EFE, ha estimado parcialmente el recurso presentado por la defensa del condenado y ha modificado a la baja la condena que dictó en febrero del año pasado la Audiencia de Almería.

El tribunal provincial consideró entonces probado que, a raíz de una operación de lucha contra la distribución y tenencia de material pornográfico infantil de la Policía, se identificó y localizó a los usuarios de la red BiTorrent, investigados por ofrecer a otros archivos de este carácter.

En ese contexto, los agentes detectaron al procesado que, en junio de 2019, estaba distribuyendo archivos de contenido sexual explícito de menores desde sus equipos informáticos de Almería.

Con la correspondiente orden judicial, entraron en la vivienda y localizaron dos discos duros con una carpeta dedicada a descargas y pornografía infantil y archivos con nomenclatura que apuntaba pornografía con menores de 14 años.

En su residencia de verano, ubicada en Aguadulce, el acusado tenía un ordenador que entregó de forma voluntaria y que también tenía rutas que conducían a contenido pornográfico, especialmente duros algunos vídeos de carácter pedófilo.

El acusado utilizaba redes de intercambio de ficheros por Internet conocidas con el anglicismo de "Peer to Peer" o con sus siglas "P2P" de la red que facilitan el intercambio más rápido de archivos.

La Audiencia de Almería lo condenó a seis años de cárcel como autor de un delito de distribución de material pornográfico infantil agravado por utilizar a menores de 16 años que fueron sometidos a violencia sexual y otros seis de libertad vigilada.

Aunque la defensa del condenado recurrió la sentencia por varios motivos, el TSJA ha desestimado la teoría de que no tuviera los conocimientos informáticos suficientes para saber que al usar programas P2P facilitaba el intercambio de archivos.

Sí ha atendido al recurso presentado contra el agravante por la violencia sexual y el trato especialmente denigrante dado a las víctimas.

El TSJA ha tenido en cuenta que los agentes detectaron dos archivos con escenas de carácter particularmente degradante o vejatorio hallados de los 723 que almacenaba el condenado, lo que supone un 0,27 % del total.

Con este dato, lo ha absuelto del delito agravado y lo ha condenado como autor de un delito de distribución de pornografía infantil, sin circunstancias modificativas, a una pena de dos años y tres meses de cárcel y un año de libertad vigilada.