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Ferrocarriles

El Juzgado da la razón al Ayuntamiento de Palencia e impide a Adif trabajar por la noche

La alcaldesa Miriam de Andrés se muestra satisfecha y asegura que "nadie puede hacer valer un derecho a la fuerza"

Protestas en Palencia por las obras del Soterramiento BrágimoIcal

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha dado la razón al Ayuntamiento de Palencia y ha desestimado la petición de la entidad pública empresarial Adif para trabajar por la noche en las obras de alta velocidad a Cantabria que se están ejecutando en la salida norte de la ciudad.

El Juzgado ha desestimado la petición de medida cautelar presentada por Adif, a la que se había adherido la empresa Lantania S.A.U, para continuar con la ejecución nocturna de los trabajos de construcción de la nueva línea de alta velocidad hacia Cantabria, debido a “los gravísimos perjuicios que la misma puede generar”, según ha informado el Ayuntamiento de Palencia.

Adif había comenzado a trabajar por la noche en las obras del denominado salto del carnero, un viaducto que se está construyendo en el Camino Viejo de Husillos, dentro de la línea de alta velocidad (LAV) Palencia-Aguilar de Campoo, en el tramo Palencia-Palencia Norte, ocasionando muchas molestias a los vecinos.

Por este motivo el Ayuntamiento de Palencia solicitó que se paralizaran los trabajos en horario nocturno, y Adif lo recurrió. Ahora el juzgado da la razón al Ayuntamiento al señalar que no es de recibo avalar el mantenimiento de una infracción continuada consistente, por un lado, en permitir trabajar en horario nocturno cuando está prohibido y por otra parte, autorizar la ejecución de la actividad cuando supera el límite de decibelios previsto como tope de este tipo de obras, porque se estaría consintiendo la vulneración del derecho a la salud de los ciudadanos que se verían perjudicados en su descanso diario.

El auto del juez establece que la medida cautelar de la concejalía de Urbanismo resulta ser "absolutamente proporcionada" en tanto en cuanto su falta de adopción implicaría que el ruido superaría los valores límite que se pueden autorizar conforme a la Ley del Ruido de Castilla y León.

Además, ahonda en que ni si quiera la empresa Lantania S.A.U, que es quien ejecuta las obras, ha cursado petición en el Ayuntamiento de Palencia para poder acometer urgentemente la ejecución temporal de su obra en horario nocturno, tal cual prescribe la Ordenanza Municipal.

Por otro lado, señala el juez también que en el acuerdo de 21 de noviembre de 2022 del Consejo de Administración ADIF-Alta Velocidad, al adjudicarse la obra a la empresa Lantania S.A.U, se advertía imperativamente que “se evitarán los trabajos nocturnos durante la fase de construcción en las zonas sensibles, no pudiéndose realizar obras ruidosas entre las 22 horas y las siete horas en un entorno de 500 metros de núcleos habitados”, informa Efe.

Tras conocerse el fallo, la alcaldesa de Palencia, Miriam Andrés, se mostró satisfecha del fallo y afirmó afirmó que el mensaje que se lanza es que, “por muy grande que seas, nadie puede estar por encima de nadie haciendo valer un derecho a la fuerza”, y reconoció que un fallo así puede servir de "acicate a nivel nacional para que las empresas grandes se piensen las acciones que van a acometer cuando tengan que pisar terreno en una ciudad", explicó.

La alcaldesa señaló que el Consistorio nunca actuó por la vía de hecho, sino que “se ha seguido un procedimiento administrativo de forma escrupulosa, con todos los plazos y trámites necesarios por lo que este ayuntamiento ha actuado bien” y por otro lado, Andrés destacó que este ayuntamiento “es competente para velar por la normativa de ruidos porque sino no tendría sentido que este ayuntamiento se dotara de normativa propia para velar por el derecho de los vecinos y vecinas”.

Por su parte, el concejal de Urbanismo, Álvaro Bilbao, señaló que Adif puede apelar el auto del juez dictado en el día de ayer, aunque queda el “asunto de fondo en el que, a través del Contencioso Administrativo, después de que se haya denegado la cautelar, que es el interés general del que hablan con respecto a la obra entre Palencia y Palencia Norte", aseguró. “El juez tendrá que dirimir que está por encima si el derecho al descanso de los vecinos, la normativa sectorial en materia de ruido en la cual somos competentes tanto el Estado, como la comunidad y la administración local”.

Asimismo, se refiere al pronunciamiento del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid, que rechazó, en mayo de 2024 la paralización de las obras solicitada por el Ayuntamiento por incumplir con los estudios informativos aprobados en 2010 y 2018, para aclarar que otra cuestión muy diferente es que el Consistorio carezca de competencia para velar por el cumplimiento de la debida observancia en materia de ruidos y vibraciones, informa Ical.