Sociedad

Las oficinas de Registro, único lugar administrativo al que se podrá acceder con animales de compañía en Castilla y León

Este viernes ha entrado en vigor en toda España la Ley de Bienestar Animal que, entre otras cosas, obliga a los dueños de perros, independientemente de su raza, a realizar un curso formativo gratuito y contratar un seguro de responsabilidad civil

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El acceso de personas con animales a los edificios administrativos de Castilla y León se limitará a las oficinas de RegistroRaúl CaroAgencia EFE

Seis meses después de su publicación en el BE, este viernes ha entrado en vigor en toda España la polémica ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales, promovida por Ione Belarra, ministra en funciones de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Una norma cuyo cambio más sustancial y palpable es que a partir de ahora todos los dueños de perros, independientemente de su raza, tendrán que realizar un curso formativo gratuito y contratar un seguro de responsabilidad civil. Los dueños tienen un plazo de dos años para realizar el curso obligatorio. Y si en ese periodo deciden no sacarlo y tampoco han contratado el seguro pertinente, se podrán enfrentar a multas que van desde los 500 a los 10.000 euros.

De la misma forma, no esterilizar a los animales que puedan estar en contacto con otros externos, como por ejemplo, en el caso de los gatos que anden fuera de casa, también será una falta leve, mientras que dejar solos en casa a los gatos durante más de 3 días o a los perros más de 24 horas también supondrá una multa, así como aquellos que les dejen cerrados solos en el interior de un vehículo.

En Castilla y León el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl) ha publicado varias órdenes de cada consejería de la Junta para adaptarse a la Ley, entre ellas una que permitirá el acceso de las personas con animales de compañía solo a las oficinas de Registro de los edificios administrativos, “siempre que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas”.

Los edificios administrativos afectados por esta orden son oficinas en las que se ubiquen las consejerías u órganos directivos centrales dependientes como las delegaciones territoriales de la Junta de Castilla y León en las distintas provincias o sus servicios territoriales u órganos periféricos equivalentes.

Además, según dichas órdenes, las personas responsables de animales de compañía que puedan acceder a los edificios deberán llevar al animal conforme a las condiciones higiénico-sanitarias y respetando las medidas de seguridad establecidas por la normativa vigente. También, se precisa que los lugares de entrada a espacios distintos a los que puedan acceder las personas con animales de compañía deberán estar “debidamente” señalizada y visible esta prohibición.

El texto, que entra en vigor a partir de mañana sábado, señala que la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales establece en el artículo 29 una serie de disposiciones relativas a las condiciones de acceso con animales de compañía a los establecimientos y espacios públicos y, particularmente, a los edificios y dependencias públicas. “El ámbito de decisión que este precepto permite a las administraciones públicas adaptar las características y condiciones de la entrada de personas con animales de compañía en estos lugares”, añade.

En este contexto, esta orden constituye el acto administrativo que establece los límites del acceso de las personas con animales de compañía a los edificios administrativos de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, aunando los derechos de dichas personas con los correspondientes al resto de los usuarios de tales dependencias así como los de aquellas que prestan sus servicios en ellas.

En los edificios que sean sede de los centros y servicios sanitarios que se integran en la Gerencia Regional de Salud no se permite el acceso a los animales de compañía, salvo los perros de asistencia.