Economía
Los segovianos se ahorrarán más de 8,2 millones por las sucesibas bajadas de impuestos de los gobiernos del PP
Así lo destaca el secretario general del Partido Popular de Castilla y León, Francisco Vázquez, quien
El secretario general del Partido Popular de Castilla y León (PPCyL) y vicepresidente primero de las Cortes regionales, Francisco Vázquez, destacó el ahorro de 8,25 millones de euros para los segovianos gracias a la veintena de deducciones autonómicas en el IRPF de la Junta de Castilla y León en la campaña de la renta de 2024.
Según indicó Vázquez, este ahorro fiscal tiene su origen en las sucesivas bajadas en el IRPF aprobadas por el Gobierno regional para los contribuyentes de la Comunidad, y comprende 5,44 millones por las rebajas aprobadas de tipos y las mejoras de tramos en la tarifa autonómica y 2,81 millones por las deducciones autonómicas.
Desde el inicio del mandato del presidente, Alfonso Fernández Mañueco, Vázquez puso en valor que el incremento en el ahorro fiscal para todos los castellanos y leoneses supera el 55 por ciento, al pasar de 83,72 en 2020 a 131,35 millones de euros previstos para la campaña de 2024. En este sentido, el secretario general del PPCyL, acompañado por el procurador Javier Carpio, destacó que los técnicos de la Junta, en ocho municipios de la provincia (Cuéllar, El Espinar, Sepúlveda, Cantalejo, Santa María la Real de Nieva, Carbonero el Mayor, Riaza y Coca) asesoran en materia de familia, medio rural, juventud, emprendimiento, I+D+i, sostenibilidad y preservación del patrimonio natural y cultural.
Apoyo a la Familia
Las deducciones fiscales en dicha materia se centran en los 1.010 por nacimiento o adopción de hijos, siendo 1.475 euros por el segundo hijo y 2.351 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos. También por partos o adopciones múltiples, del 50 y 100 por 100 respectivamente, además de 901 euros durante los dos años siguientes. Por gastos de adopción, 784 euros en nacionales y 3.625 para adopciones internacionales. Además, por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad, por discapacidad del contribuyente con un grado igual o superior al 65 por ciento, 656 euros, y 300 euros para afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Por familia numerosa, los contribuyentes recibirán una deducción de 600 euros por familia, con carácter general. Con cuatro descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendiente, 1.500 euros y, con cinco descendientes, 2500 euros.A partir del sexto y sucesivos descendientes, la deducción anterior se incrementa en 1.000 euros adicionales. El importe deducible se incrementa en 600 euros cuando alguno de los cónyuges o miembros a los que sea de aplicación el mínimo por descendiente tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento. Por cuidado de hijos menores de 4 años una deducción del 30 por ciento de lo satisfecho a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 euros.
Por último, se deducirán el cuidado de hijos menores por empleados del hogar con un 15 por ciento de las cantidades satisfechas por cuotas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite máximo de 300 euros.
Apoyo al medio rural y al patrimonio cultural y natural
En relación con el medio rural, la Junta apoya el nacimiento o adopción de hijos en el medio rural: Aplicable a los contribuyentes residentes en municipios o entidades locales menores cuya población no exceda de 5.000 habitantes, 1.420 euros por el primero, 2.070 euros por el segundo, 3.300 euros por el tercero y sucesivos. Aplicándose también lo establecido por partos o adopciones múltiples y por nacimiento o adopción de hijos con discapacidad del apartado de Apoyo a la familia. Por la adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en municipios o entidades locales menores del medio rural se bonificará el 15 por ciento de lo satisfecho por actuaciones de valor inferior a 150.000 euros, hasta 1.500 euros anuales.
Por alquiler de vivienda habitual en municipio o entidad local menor del medio rural se deducirá el 25 por ciento del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 612 euros, cuando la vivienda habitual esté situada en municipios o entidades locales menores del medio rural y, por rehabilitación de vivienda en municipio o entidad local menor del medio rural destinada al alquiler, el 15 por ciento de las cantidades invertidas con importe máximo de 20.000 euros, concurriendo determinados requisitos.
En materia de patrimonio cultural y natural, se deducirá por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León el 15 por ciento del importe de la donación concurriendo determinados requisitos y, por lo donado para la recuperación del patrimonio cultural y natural también el 15 por ciento del importe de la donación concurriendo determinados requisitos.
Apoyo a los jóvenes, a la sostenibilidad y a la I+D+i
En cuanto a los jóvenes, se deducirá el alquiler de vivienda habitual en un 20 por ciento del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 459 euros. Por inversión en instalaciones medioambientales en la vivienda habitual, el 15 por ciento de la inversión, con un límite máximo de 20.000euros y, para el fomento de la movilidad sostenible, el mismo porcentaje de las cantidades destinadas a la adquisición de vehículos nuevos de energías alternativas más eficientes y sostenibles eléctrico puro, con autonomía extendida o híbrido enchufable con autonomía eléctrica de más de 40 kilómetros, con un límite de 4.000 euros concurriendo determinados requisitos como que el valor de adquisición del vehículo, impuestos incluidos, no puede superar 40.000 euros.
Y, en I+D+i, la Junta deduce por cantidades donadas a universidades públicas de Castilla y León, fundaciones y otras instituciones para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación el 15 por ciento del importe de la donación.
Por último, como fomento del emprendimiento, Vázquez apuntó el 20 por ciento de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación del capital de sociedades anónimas, limitadas o laborales, por importe mínimo del 0,5 y máximo del 45 por ciento del capital de la sociedad, concurriendo determinados requisitos, con un importe máximo de la deducción de 10.000 euros.