Ley Celaá
El castellano en la educación en Cataluña, ¿más indefenso ante los tribunales?
Contrarios a la inmersión lingüística le ponen fecha de caducidad al catalán como única lengua vehicular a raíz de la polémica generada por la reforma educativa: entre cinco y seis años
La aprobación de la nueva Ley educativa –octava en lo que va de democracia y bautizada como Ley Celaá- deja un reguero de controvertidos cambios y, entre ellos, sobresale la retirada de la mención explícita al castellano como lengua vehicular. ¿Cómo puede afectar esta circunstancia a los castellanohablantes en Cataluña? Con la jurisprudencia en la mano –sentencias dictadas por Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo en 2010-, queda claro que el castellano también es lengua vehicular en las escuelas catalanas, pese a que su aplicación hasta ahora ha sido puntual -se ha circunscrito a aquellos niños cuyos padres han recurrido en los tribunales-, y, por tanto, todo apunta a que continuará siendo igual,según prevé el abogado de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (entidad de referencia en materia lingüística en Cataluña), Pepe Domingo, consultado por este diario.
Lo cierto es que cabe echar un vistazo atrás a las resoluciones de los tribunales para llegar al punto en que nos encontramos y saber por qué aún contaría con protección el castellano pese a la nueva Ley Celaá. El punto de partida es la sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional –publicada en junio de 2010, que recortaba el Estatut-, que indicaba que, “como principio, el castellano no puede dejar de ser también lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza” y subrayaba que, aunque “el catalán debe ser lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza”, no debe ser “la única que goce de tal condición, predicable con igual título del castellano en tanto que lengua asimismo oficial de Cataluña”.
Tras esa sentencia, el Tribunal Supremo dictó una resolución el 9 de diciembre de 2010 en que daba la razón a un padre que quería que sus hijos fueran escolarizados en castellano y se refería así a la inmersión lingüística, modelo desplegado en Cataluña desde 1983 para convertir al catalán en lengua vehicular -único en Europa ya que el modelo mayoritario que reina en el continente es una doble red escolar en función de la lengua, algo que el nacionalismo catalán siempre ha rechazado-: “Esa exclusión de hecho del castellano como lengua vehicular pervierte el modelo lingüístico establecido en la Constitución de conjunción lingüística o de bilingüismo integral de modo que se implanta un modelo de inmersión lingüística contrario al espíritu y a la letra de la Constitución”.
Si bien, pese a esa jurisprudencia, la batalla que ha planteado la Generalitat en los tribunales también ha surtido efecto ya que, tras un recurso interpuesto, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) resolvió en marzo de 2012 –el Tribunal Supremo lo ratificó en febrero de 2013- que la propia sentencia del Tribunal Supremo de 2010 sólo podía afectar al padre reclamante y al entorno escolar (clase) de su hijo “al considerar que no estaba legitimado para discutir el entero sistema”, según recuerda la entidad constitucionalista Convivencia Cívica Catalana.
En este sentido, a raíz de ese recurso, el TSJC utilizó un “concepto procesal que no había utilizado hasta ahora”: la legitimación procesal. Gracias a ese concepto, en Cataluña permanece la inmersión lingüística: es decir, en todas las escuelas, el catalán es la lengua vehicular (todas las asignaturas, salvo Lengua Castellano, se imparten en catalán), salvo que los padres recurran y los tribunales les den la razón. En ese caso, se dará un 25% de clases en castellano (Lengua Castellana y una asignatura troncal), pero solo en la clase de los hijos de los padres que hayan recurrido.
Desde Convivencia Cívica Catalana plantean una vía para acabar con la inmersión lingüística y que se apliquen las resoluciones del TC y del TS de 2010: conseguir que alguna persona jurídica (fiscalía, Gobierno, Defensor del Pueblo) con “interés” (es decir, legitimada procesalmente por los tribunales) plantee “un simple requerimiento y una posterior demanda”, algo que tendría “unas garantías de éxito prácticamente totales”.
“Por ello, en este momento estamos solicitando a otras personas legitimadas procesalmente (Comunidades Autónomas) que inicien las acciones legales, toda vez que sus ciudadanos pueden verse afectados por el sistema catalán (dado el derecho fundamental a la libertad de establecimiento en cualquier punto de España)”, agregan.
Según Pepe Domingo, toda la polémica generada en torno a la Ley Celaá apenas servirá para una mayor movilización de los defensores de una escuela bilingüe en Cataluña, que ponga fin a la inmersión. De hecho, se atreve a augurar que en 5 o 6 años se pondrá fin al modelo de inmersión lingüística. “Cada vez más padres van a pedir la educación bilingüe porque gracias a la publicidad que se ha hecho han descubierto una realidad que desconocían: que el castellano está ausente y han descubierto que tienen derechos lingüísticos”, añade.
En este sentido, pese a que siempre se ha minimizado la demanda del castellano como lengua vehicular, lo cierto es que Convivencia Cívica Catalana ya consiguió reunir más de 50.000 firmas en 2010 en contra de la inmersión. Si bien, también es cierto que los padres que recurren son muchos menos y, desde diferentes ámbitos del constitucionalismo, se tiende a creer que la presión y el miedo a quedar señalado impiden que haya más gente que vaya a los tribunales.
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