Mala praxis policial

Confirman dos años de cárcel para el mosso que aporreó a un periodista en un desalojo de 2016

Considera el fallo que el policía fue con el ánimo de atentar contra su integridad física de forma gratuita

El polémico desalojo de 2016
El polémico desalojo de 2016Google

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación presentado por el agente de los Mossos d’Esquadra condenado a dos años de cárcel por herir con la porra al periodista de ‘La Directa’ Jesús Rodríguez en el desalojo del ‘Banc Expropiat’ de Gràcia en mayo de 2016.

El tribunal ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, que también condenó al mosso a pagar una indemnización de 7.265 euros al periodista; en caso de que no los abone, la responsable será la Generalitat.

Según los hechos probados durante el juicio, el policía sobrepasó la línea policial durante una protesta con lanzamientos de objetos “y se dirigió directamente a Jesús Rodríguez, con el ánimo de atentar contra su integridad física de forma gratuita”.

Pese a no mostrar una actitud hostil y de explicarle que era periodista, el mosso le golpeó en la mano con la porra y le fracturó un dedo; ningún policía más actuó en ese momento.

El TSJC ha rechazado que durante el juicio ante la Audiencia Provincial de Barcelona se vulneraran los derechos del entonces acusado o que hubiera errores en la valoración de las pruebas.

Además, avala que la Audiencia de Barcelona aplicara el agravante de instrumento peligroso por el uso de la porra: “El carácter potencialmente lesivo de la defensa reglamentaria se infiere de las propias pautas de utilización de la misma por parte de los agentes policiales, que obliga a su uso en la parte inferior del cuerpo”.

“La conducta que se atribuye al agente acusado está claramentedesvinculada de la actuación policial que se estaba llevando a cabo hasta ese momento, y así la propia sentencia califica la agresión como de gratuita”, añaden los magistrados.

La Audiencia de Barcelona condenó al agente por un delito de lesiones, pero lo absolvió de la acusación de delito cometido por funcionario público contra los derechos individuales.

Audiencia de Barcelona ha condenado a un agente antidisturbios de los Mossos d’Esquadra a dos años de cárcel por agredir a un fotoperiodista durante las protestas por el desalojo del Banc Expropiat de Barcelona en 2016, al considerar que su actuación fue “gratuita”, “innecesaria” e “injustificada”.

En su sentencia, la sección décima de la Audiencia decidió condenar al policía por un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso y la agravante de prevalencia del carácter público de su cargo, y le impone también la suspensión del ejercicio de su actividad durante el tiempo de la condena, así como el pago de 7.265 euros a la víctima en calidad de responsabilidad civil, de la que es subsidiaria la Generalitat.

Los hechos sucedieron hacia las 23 horas del 25 de mayo de 2016, durante la tercera noche de disturbios a raíz del desalojo del local okupa Banc Expropiat, una antigua sucursal bancaria ubicada en el barrio de Gràcia de Barcelona.

Ya había terminado la manifestación cuando una mujer se encaró al cordón policial de la calle Mare de Déu dels Desamparats y levantó la visera del casco del jefe del dispositivo, que la tiró al suelo, una escena que llevó a los periodistas a reprochar la conducta de los mossos y motivó que varios manifestantes lanzaran botellas de cristal a los agentes, que comenzaron a cargar.

En este contexto, sostiene la sentencia, el acusado, miembro de la BRIMO, se dirigió hacia la víctima, y le dio un golpe con la defensa en la pierna derecha,

Tras lo cual sobrepasó el cordón policial, se adentró en la plaza donde se había refugiado el fotógrafo y, dirigiéndose directamente a él, le volvió a golpear con la porra, esta vez en la mano.