
Hispanofobia
Anulan una condena a un bar de Sitges (Barcelona) por no atender en catalán
El juzgado suprime esta sanción al considerar que una denuncia genérica no es base suficiente para incoar con garantías un expediente sancionador de este tipo

La entidad constitucionalista Convivencia Cívica Catalana (CCC) celebra que una sentencia judicial haya anulado la sanción lingüística impuesta a una cafetería de Sitges a raíz de una denuncia por “no atender en catalán”. La resolución constata que una denuncia genérica no es base suficiente para incoar con garantías un expediente sancionador por motivos lingüísticos.
Para CCC, el fallo «refuerza la libertad lingüística en las relaciones privadas entre profesionales y clientes y consolida la seguridad jurídica de los comercios» frente a campañas tramitadas mediante formularios estandarizados. «Consideramos, además, que se trata de un primer paso para poner fin al sistema de delaciones lingüísticas promovido por la Administración autonómica, que anima a los ciudadanos a denunciar a sus vecinos por usar el castellano en sus negocios bajo la falacia de que debe emplearse “al menos el catalán”.
En palabras del presidente de Convivencia Cívica, Ángel Escolano, “pretender imponer el uso de una de las dos lenguas oficiales a los ciudadanos en el ámbito empresarial y comercial constituye una invasión intolerable de su libertad y es incompatible con los derechos fundamentales. La lengua que una persona elige para trabajar y relacionarse en su propio negocio forma parte de su vida privada, como lo son la religión o la orientación sexual: una expresión del libre desarrollo de su personalidad en la que ningún poder público que aspire a ser democrático tiene derecho a inmiscuirse. Ninguna administración puede obligar a utilizar una lengua oficial sobre otra en el comercio; sostener lo contrario —y establecer un sistema de delación como existe hoy en Cataluña para perseguir a quien usa el castellano— es propio de regímenes totalitarios”.
El 6 de enero de 2022, una cafetería de Sitges recibe una denuncia porque un cliente aseguró esto: «pedí un café en catalán y no me atendieron. De hecho, me dijeron en inglés: don't give that shit que, traducido, quiere decir no me vengas con estas tonterías».
Esto le valió a la Agencia Catalana de Consumo para llevar a cabo una inspección en al establecimiento (que se hizo en español), al que acabó sancionando «por no entender el catalán», cuando, además, había dos empleados que sí lo entendían. Se impuso al propietario de la cafetería una multa de 700 euros al ser considerada una infracción leve.
Pues bien, ahora el juzgado ha anulado esta sanción al considerar que una denuncia genérica no es base suficiente para incoar con garantías un expediente sancionador de este tipo.
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