Tope de alquileres

La Generalitat aprueba, por la puerta de atrás, la regulación de alquileres temporales

El decreto ley busca evitar la picaresca de los propietarios que eluden la contención de precios con este tipo de contratos

La Asociación de Apartamentos Turísticos (Apartur) contabiliza 3.950 pisos sin licencia en Barcelona, frente a los 6.275 del Ayuntamiento
El Govern aprueba un decreto para someter el alquiler de temporada al tope de precioslarazon

El Govern se ha puesto manos a la obra en solucionar la problemática de los alquileres temporales a menos de 48 horas del inicio de campaña electoral catalana. Hoy el Consell Executiu de la Generalitat aprobó un decreto de ley extraordinario para regular los alquileres de temporadas, una medida con la que incluirá a este tipo de alquiler de pisos y habitaciones en el tope de precios. Así lo anunció ayer la consellera de Territorio de la Generalitat, Ester Capella, en la rueda de prensa posterior, junto a la portavoz del Govern, Patrícia Plaja.

Esta medida, que se prevé que entre en vigor esta semana, tiene como principal objetivo evitar que se amplíe el número de contratos vencidos que se escapan de la contención de precios a través de convertirse en alquileres de temporada.

El Decreto Ley amplía la contención de los precios de los alquileres a todos los arrendamientos temporales, salvo los que tengan finalidades de ocio, vacaciones o recreativas. La nueva regulación evita que se puedan subir los precios de los alquileres temporales destinados a finalidades laborales, profesionales, de estudios, asistencia médica u otras situaciones de tiempo limitado y que cubran necesidades de vivienda permanente, aunque sea de duración temporal. Este tipo de alquileres en ciudades como Barcelona suponían ya un 40% de la oferta de portales inmobiliarios como Idealista.

Capella ha explicado durante la rueda de prensa que esta medida «llena los huecos que la ley estatal había dejado» y regula aspectos que la norma del Gobierno de España no había incluido. La consellera ha añadido que la voluntad del Govern con este cambio es «evitar la picaresca» que hay actualmente en el mercado de alquiler con tal de evitar la aplicación del tope de los alquileres aprovechando los vacíos legales de la ley de vivienda catalana de 2007.

El Decreto Ley aprobado hoy especifica que los alquileres de viviendas para residir están sujetos a la normativa aplicable, aunque el contrato sea temporal en lo que refiere a fianzas, determinación de renta, actualizaciones del precio o repercusión de mejoras en la vivienda. A partir de ahora, todos los contratos deberán especificar la finalidad de su temporalidad, y en caso de que sean usos distintos a los recreativos, se considerará una vivienda habitual y quedará sujeta a la regulación de los precios.

Capella ha puesto de ejemplo un piso de estudiantes, que a pesar de que su contrato sea temporal –de septiembre a junio– se considera como una vivienda de uso permanente y queda sujeta a la contención de rentas.

La consellera de Territorio también ha señalado que el objetivo es «desplegar con plena efectividad que en Cataluña se aplique la contención de rentas en toda su extensión». Además, el Govern ha aprovechado para garantizar el incremento del parque de vivienda pública que se podía ver afectado por la falta de Presupuestos de la Generalitat este año.

En cuanto al régimen sancionador que ya se estaba aplicando hasta ahora, el Govern ha añadido varios puntos con el fin de garantizar que se aplican las nuevas obligaciones. Entre ellas, se considerará falta muy grave –con sanciones de 90.001 a 900.000 euros– que el precio del alquiler supere en un 30% el índice de referencia o hacer constar una causa falsa de alquiler en el contrato.

Alquilar por un precio entre un 10% y un 30% superior al del índice, no hacer constar la causa del alquiler o repercutir en el inquilino los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato serán faltas graves, con sanciones de entre 9.001 y 90.000 euros.

Por último, será falta leve –con una multa de entre 3.000 y 9.000 euros–que los anuncios no incluyan el precio máximo de la zona, el importe del último contrato o la condición de gran tenedor del propietario, y alquilar por hasta un 10% más del máximo permitido.