Tercela ola covid

Desescalada valenciana: ¿Ya sabes lo que puedes hacer y lo que no?

El toque de queda sigue siendo a las diez, pero puedes reunirte con tres amigos al aire libre

Atasco en Valencia por las restricciones de entrada y salida acordadas por el Gobierno valenciano durante el segundo estado de alarma
Atasco en Valencia por las restricciones de entrada y salida acordadas por el Gobierno valenciano durante el segundo estado de alarmaManuel BruqueAgencia EFE

La desescalada en la Comunitat Valenciana comienza este lunes con una serie de medidas que relajan las restricciones vigente durante el último mes.

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana argumenta que, aunque la situación de la pandemia de coronavirus ha mejorado, “es todavía grave”, por lo que resulta necesario “mantener una reducción importante de los contactos sociales fuera de la unidad de convivencia”.

Esa mejora epidemiológica permite dejar sin efecto las restricciones a la movilidad en ciudades de más de 50.000 habitantes, pero “por razones de prudencia” es necesario continuar con el cierre perimetral de la Comunitat y con el toque de queda nocturno, indica el decreto, que expone que la proliferación y expansión de diferentes cepas del virus aconsejan ser “especialmente prudentes”.

Las medidas aplicables desde el próximo lunes son las siguientes:

Limitación de grupos

  • En espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, no se podrán formar grupos de más de cuatro personas, salvo que se trate de personas convivientes.
  • En domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como en el exterior, se permiten únicamente las reuniones familiares y sociales de personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia.

Excepciones:

  • Las actividades no profesionales relacionadas con la crianza y los cuidados de menores, mayores, dependientes y personas con diversidad funcional o en situación de especial vulnerabilidad.
  • La convivencia alterna de hijos e hijas con sus progenitores no convivientes entre ellos.
  • El acogimiento familiar de menores de edad.
  • La reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes.
  • Las personas que viven solas se podrán reunir con otra persona de otro núcleo de convivencia.
  • Las actividades laborales, institucionales, de transporte y de los centros docentes

Lugares de culto:

  • Se aumenta el aforo hasta el 50 % para reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, incluidas las bodas u otras celebraciones religiosas específicas, siempre que haya una distancia de 1,5 metros entre personas

Limitaciones de movilidad

Se mantiene el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana, con las siguientes excepciones:

  • Asistencia a centros sanitarios, al lugar de trabajo o al centro de estudios.
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • Asistencia y cuidado de personas vulnerables
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de abastecimiento de carburante en territorios limítrofes
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial y otros trámites administrativos inaplazables.- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Desplazamientos de deportistas, entrenadores, jueces o árbitros federados para actividades deportivas federadas de competición oficial.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • No estará sometida a ninguna restricción la circulación en tránsito a través de la Comunitat.

Se mantiene el toque de queda entre las 22 horas y las 6 horas, con estas excepciones

  • Adquirir medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
  • Asistencia a establecimientos sanitarios y a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.- Cumplir obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales, y volver al lugar de residencia tras estas actividades.
  • Asistencia y cuidado de personas vulnerables.
  • Desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio para la realización de las actividades detalladas.