Corrupción

Montero firmó una resolución que permitió al hermano de Puig esquivar una sanción que le impedía hacer contrataciones con la Administración Pública

Pagó una multa de 16.800 euros y estableció un canal de denuncias en su web, así como un sistema de precios que le impidiera volver a incumplir la Ley de Defensa de la Competencia

PSPV y Compromís piden esperar a la decisión del juez sobre Francis Puig mientras PP exige "responsabilidades políticas"
Francis Puig, hermano del expresidente de la Generalitat, Ximo PuigEuropa Press

La empresa Comunicació dels Ports, propiedad de Francis Puig, hermano del expresidente de la Generalitat, Ximo Puig (PSOE), consiguió esquivar la prohibición de contratar con el sector público, después de que el Servei de Defensa de la Competència de la Comunitat Valenciana propusiera tal sanción a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, además de imponerle una multa económica de 16.801 euros, en noviembre de 2020.

El caso de las ayudas que implica a varias empresas de Francis Puig ha vuelto a tomar actualidad pues la Fiscalía pide cuatro años de prisión por falsedad documental y estafa.

Es la Junta Consultiva de Contratación Pública la competente para proponer o no, la sanción de prohibición de contratación con el sector público, y además, determinar la duración de la medida, en una resolución que se eleva al titular del Ministerio de Hacienda, y que se elevó con fecha 2 de julio de 2024. El 30 de julio del mismo año, la ministra socialista María Jesús Montero, dio su conformidad a la propuesta de la Junta que recomendaba no sancionar al hermano de Puig.

Tal y como marca la Ley de Contratos del Sector Público, así como el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administración Públicas, y también la Ley de Procedimiento Administrativo Común, antes de imponer la prohibición de contratación con el sector público, se le da un plazo a la persona castigada de diez días para que presente alegaciones en una especie de "acto de contrición" en el que demuestre un propósito de enmienda para no volver a incurrir en el delito. Este propósito de enmienda pasa por el pago o compromiso de pago de la sanción e indemnización impuesta, así como "la adopción de medidas técnicas, organizativas y de personal apropiadas para evitar la comisión de futuras infracciones administrativas".

Y eso es lo que consiguió Comunicació dels Ports para evitar que se le prohibiera contratar con la Administración Pública, lo que hubiera supuesto la muerte de la empresa, ya que, tal y como expone su administrador, supone más del cincuenta por ciento de sus ingresos.

La empresa del hermano de Puig consiguió demostrar en el plazo de alegaciones que había implementado de "un Sistema Interno de Información, Canal de denuncias, dentro del marco de desarrollo de medidas tomadas por la empresa para implantar un 'compliance'". Y para ello, aportó el contrato de la empresa que creó dicho canal.

Además, la empresa también dispuso "un sistema para establecer los precios ofertados de sus servicios en función de los costes de los recursos técnicos y humanos dedicados a los servicios que se ofrecen, con la participación de las áreas de producción, administración y recursos humanos".

Alegó por ello que "desde el momento que la sociedad fue sancionada hasta el día de hoy, la compañía ha realizado numerosos contratos de servicios para el sector público, sin que se haya registrado ninguna queja ni denuncia. Consideramos que las medidas implementadas han sido idóneas, aplicables y realizadas con posterioridad a la infracción sancionada".

Y concluye que "la pérdida de la aptitud para contratar con el sector público colocaría a la sociedad en una situación de insolvencia y en la obligación legal de proceder a la declaración de concurso; razón por la que la primera interesada en que no se repita la actuación que motivó la sanción impuesta (presentación de ofertas con precios similares a los de otros licitadores) es la propia Sociedad".

Por todo ello, desde la Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado quedó constatado que se ha producido el pago de la multa y que las medidas implementadas cumplen el triple requisito exigido de idoneidad, temporalidad y aplicabilidad.

Además, desde el propio Servicio de Defensa de la Competencia de la Generalitat se apunta que “la empresa Comunicacions dels Ports ha propuesto medidas técnicas y organizativas apropiadas a su tamaño empresarial para evitar la comisión de futuras infracciones en materia de competencia, que se estiman que podrían ser idóneas y que, en caso de ser aceptadas, deberían ser objeto de vigilancia de la autoridad de Competencia de la Comunidad Valenciana, pero debe ser la Junta Consultiva la que, con mejor criterio, puede valorar la propuesta de la empresa".

En esta valoración de la Junta Consultiva considera que "la exigencia legal de actuaciones que eviten futuras infracciones similares a las que ocasionaron la sanción debe darse por suficientemente acreditada en el caso que nos ocupa" y firma dicho informe una abogada del Estado, el director general de Patrimonio del Estado y la subsecretaria de Hacienda, quienes proponen a la ministra de Hacienda "el archivo del expediente de declaración de prohibición de contratar", algo que la ministra Montero acepta evitando así lo que presumiblemente hubiera supuesto el cierre de la empresa del hermano de su compañero de partido, Ximo Puig.