Aerolíneas

¿Qué se puede reclamar tras la cancelación de los vuelos a Italia?

Las aerolíneas, obligadas a devolver el precio del billete, pero sin necesidad de una compensación extraordinaria

Coronavirus.- AMP.- El Gobierno prohíbe los vuelos directos entre Italia y los aeropuertos españoles
Un avión de Alitalia en el aeropuerto de BarajaslarazonEDUARDO PARRA/EUROPA PRESS

El Gobierno acaba de anunciar la cancelación de los vuelos directos de Italia a España desde las 00 horas del 11 de marzo para contener la expansión del coronavirus, una medida que estará en vigor durante dos semanas -hasta el 25 de marzo- y que afectará a miles de viajeros en nuestro país. Los vuelos desde España a Italia estarán sujetos a las decisiones que tome la República de Italia, ha explicado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, aunque ya hay aerolíneas que se están planteando frenar el tráfico en este sentido por su cuenta. Una vez tomada esta decisión, ¿qué pueden reclamar los afectados por la suspensión? Al tratarse de una causa de fuerza mayor, las aerolíneas afectadas deben garantizar el reembolso íntegro del precio de los billetes. Sin embargo, los clientes “no tendrán derecho a una compensación extraordinaria, que es lo que ocurre cuando la cancelación proviene de la aerolínea por problemas técnicos”, explica a LA RAZÓN Rubén Sánchez, portavoz de Facua-Consumidores en Acción.

Ahora mismo, existen dos escenarios. Por un lado, están los clientes que aún no han volado. A estos se les deberá devolver el importe íntegro de su billete en un plazo de siete días o “la conducción hasta el destino final, en condiciones de transporte comparables, en una fecha posterior que convenga al pasajero”. Si contrataron un paquete turístico también “deberán pedir la devolución del importe de todos los servicios contratados a la agencia”, añade Sánchez. La Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios recoge que los viajeros que lo deseen tienen derecho "sin coste adicional alguno” a "fórmulas alternativas adecuadas, de ser posible de calidad equivalente o superior a las especificadas en el contrato, para la continuación del viaje combinado”. Asimismo, Facua señala en su comunicado que, si las fórmulas alternativas dan lugar a un viaje de menor calidad, los minoristas aplicarán al cliente afectado “una reducción adecuada en el precio”, o el derecho de "poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización”. Sin embargo, si la búsqueda de alojamiento y actividades se realizó por cuenta propia, el proceso de reclamación se puede complicar algo más. Aún así, Facua también recomienda que soliciten el reembolso, “ya que se podría llegar a defender en los juzgados con el argumento de fuerza mayor”, señala el portavoz de la organización.

Atrapados en Italia

En el otro lado, está el caso de los que no pueden volver a España. Para los españoles “atrapados” en Italia, Facua pide “al Gobierno que active un protocolo de repatriación y que flete vuelos de regreso para evitar que los españoles afectados se queden varios días allí esperando a regresar”. Además, desde la organización de consumidores también piden al Ejecutivo de Sánchez “que sopese poner en marcha un paquete de ayudas económicas para los españoles que tengan que permanecer en Italia más de lo previsto”, y que, por lo tanto, tengan “gastos extraordinarios”. Este desembolso extra, aclara Reclamador.es, "no serán reclamable a las aerolíneas puesto que se trata de un supuesto de fuerza mayor, a excepción del alojamiento que el pasajero se vea obligado a utilizar para pasar la noche en un hotel cercano al aeropuerto y los traslados al mismo, siempre y únicamente en los casos de pasajeros que se encuentren fuera de su domicilio habitual”. A los viajeros también se les deberá ofrecer de manera gratuita “dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, o correos electrónicos”, añade Facua.

Espere al mensaje de su aerolínea

La respuesta del Gobierno ha sido que estudiará “caso a caso” la situación de los ciudadanos afectados. No obstante, por el momento no hay actuaciones concretas. La medida se considera “justificada”, aunque existen excepciones como son los vuelos de aeronaves de Estado, escalas con fines no comerciales (por tanto sin subida ni bajada de pasajeros), vuelos posicionales (por tanto sin pasajeros y solo para posicionar el avión para una operación posterior), exclusivos descarga, humanitarios, médicos o de emergencia. En Reclamador.es aconsejan a todos aquellos pasajeros afectados por esta medida que no cancelen sus vuelos y esperen siempre a que la aerolínea les contacte, puesto que, tras esta decisión del Gobierno, les deberán comunicar las cancelaciones de vuelos en los próximos días.