Ángel Acebes
La sentencia de Bankia, sobre Acebes: “No existe ni la más mínima constancia de una dejación de funciones”
El tribunal concluye que “no se infiere por ningún lado” que el ex ministro ocultara información sobre la auditoría externa al Consejo de Administración de BFA en 2012
La sentencia de la Audiencia Nacional sobre la salida a Bolsa de Bankia concluye con respecto al ex ministro Ángel Acebes -para quien la Fiscalía pedía un año y medio de prisión por falsedad contable por ocultar supuestamente la información de la auditoría externa sobre la situación financiera de la entidad- que “resultaría absolutamente insostenible asignar algún tipo de reproche penal a la actuación desarrollada” por el ex presidente del Comité de Auditoría y Cumplimiento (CAC) de BFA, la matriz de Bankia y ex integrante de su Consejo de Administración. De ahí que acuerde su “absolución con toda clase de pronunciamientos favorables”.
Tras analizar las pruebas practicadas en juicio, sostiene la Sala “no existe ni la más mínima constancia” de que Acebes “en el cumplimiento de los cometidos inherentes a su cargo de presidente del CAC de BFA hiciera dejación de sus funciones, impidiendo los quehaceres del auditor Externo, ni consciente y voluntariamente, ni inconscientemente, más bien todo lo contrario”.
La Sala también rebate otra de las imputaciones que hacía Anticorrupción a Acebes al afirmar que tras analizar las pruebas “tampoco aparecen datos que autoricen a pensar con fundamento de causa” que el ex ministro hubiera ocultado en la reunión del Consejo de Administración de BFA celebrada el 28 de marzo de 2012 “algún tipo de
información suministrada dos días” antes por el auditor externo, Francisco Celma, en la reunión del Comité de Auditoría y Cumplimiento.
Entre otros motivos, argumentan los magistrados, porque “de los términos plasmados en el acta referidos a la información facilitada” por Acebes en esa reunión a los miembros del Consejo de Administración de BFA “no se infiere por ningún lado la ocultación de dato alguno suministrado” por Celma en el CAC dos días antes.
De hecho, subraya la importancia de un documento, aportado por la defensa del ex titular de Interior, elaborado por el auditor interno de BFA/Bankia, Miguel Ángel Soria, que fue remitido a Acebes el 27 de marzo de 2012 para que al día siguiente “diera cuenta de su contenido en el Consejo de Administración de BFA, lo que este realizó cumplidamente”. Así pues, el tribunal considera que “queda corroborada” la “fidelidad de la información suministrada” por Acebes en esa reunión con la que había recibido dos días antes del auditor externo.
Para la Audiencia, “resulta evidente que el sentir general de todos los miembros del Consejo de Administración de BFA que asistieron a la reunión del día 28 de marzo de 2012, conjuntamente con los integrantes del CAC, era que todos habían sido perfectamente informados” por el acusado “de las noticias suministradas por el auditor externo” en el Comité de Auditoría y Cumplimiento celebrado dos días antes
Entre esos argumentos de descargo que sustentan la absolución de Acebes, la Sala esgrime la declaración en el juicio del ex interventor general de Bankia Sergio Durá el 12 de marzo del pasado año, en la que explicó que asistió a esa reunión del Consejo de Administración de BFA y que en la misma Acebes “realizó una exposición detallada de lo que se había hablado en dicho Comité, que se contenía en el documento de cuyo contenido dio cuenta”, precisando que “ofreció una nítida exposición de los temas relevantes”.
El tribunal dice incluso que “no alcanza a comprender de dónde extrae el Ministerio Fiscal y demás acusaciones” la existencia de una supuesta “coordinación” entre Acebes “con los miembros de la alta dirección de BFA y Bankia Sergio Durá y Miguel Ángel Soria, que nunca se planteó antes”. De ahí que rechace, como mantiene Anticorrupción, que el ex ministro y el resto de integrantes de los comités de Auditoría y Cumplimiento de BFA y Bankia actuasen “en conjunción” con el interventor general y con el auditor interno de -Durá y Soria- “en el marco de una estrategia diseñada tendente a obstaculizar la labor auditora del auditor externo” de Deloitte con el objetivo de “dilatar” la remisión de una información que, según la Fiscalía, “habría provocado el afloramiento de deterioros que todos pretendieron mantener ocultos para así poder ofrecer una imagen de solvencia y fortaleza patrimonial” de BFA y Bankia. Una dejación de funciones “consciente y voluntaria” de Acebes que la Sala rechaza de forma inequívoca.
Los magistrados reprochan a las acusaciones esa imputación “inesperada y sorpresiva” que dejaba a los acusados, entre ellos Acebes, “sin posibilidad alguna” de “al menos poder intentar la prueba –desde luego, diabólica- de la inexistencia del extraño” acuerdo fraudulento del que fueron acusados por la Fiscalía.
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