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Subsidio para mayores de 45 años: ¿Qué requisitos hay que cumplir para cobrarlo?

El subsidio para mayores de 45 años es una ayuda para quienes hayan agotado su prestación contributiva y no tengan responsabilidades familiares a su cargo

Oficina del SEPE
Oficina del SEPECristina BejaranoLa Razón

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ofrece un subsidio dirigido a personas mayores de 45 que hayan agotado su prestación contributiva. Esta ayuda está dirigida a quienes tienen 45 años o mas y no tengan responsabilidades familiares a su cargo.

Los requisitos para poder recibir un subsidio dirigido a mayores de 45 años, según explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), son los siguientes:

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación, sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Para poder obtener esta prestación, hay que cumplir estos requisitos en el momento de la solicitud, en las reanudaciones y durante toda la percepción de la ayuda. Además, en caso de no reunir el requisito de rentas, se puede obtener el subsidio si dentro del plazo de un año acredita que lo cumple. Además, en el caso de que el solicitante tuviera derecho al subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años, percibiría este.

¿Cuánto es la cuantía y la duración del subsidio?

El subsidio para mayores de 45 años se cobra mensualmente, entre los días 10 y 15 del mes, y su cuantía es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (el IPREM son 537,84 euros; por lo tanto, el 80% de este indicador son 430,27 euros).

Cabe destacar que si la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que ha agotado hubiera sido a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.

El subsidio para mayores de tendrá una duración de seis meses. En el supuesto de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.