Consumo
10 consejos para que no te cobren de más en bares y restaurantes esta Navidad
Este año se ha puesto de moda el cobro anticipado por reservar una mesa. OCU advierte que el coste se debe descontar del precio final y que se debe contemplar la posible anulación y reembolso por causa de fuerza mayor
Las cenas y comidas navideñas con compañeros de trabajo, amigos y familiares son toda una tradición que no siempre acaba con el mejor sabor de boca. Los conflictos a la hora de dividir la factura se pueden ver acrecentados si el recibo contiene costes injustificados. El suplemento Covid, el precio del marisco “según mercado” o el primer aperitivo son conceptos a los que deberá prestar atención. Además, este año se ha puesto de moda un nuevo cobro, como es la reserva anticipada de mesa. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advierte de los problemas más frecuentes y da 10 consejos para prevenir que le cobren de más en bares y restaurantes durante estas fiestas.
1. Es legal cobrar anticipadamente por una reserva de mesa, pero su coste debe descontarse luego del precio final. Además, debe contemplar la anulación y reembolso por causa de fuerza mayor, como es, entre otras enfermedades, el coronavirus; no sólo por la enfermedad declarada, también por contacto directo o demás situaciones donde la prudencia recomiende no presentarse en el establecimiento.
2. Pueden cobrarse suplementos por terraza, siempre que se informe de ello. Lo ideal sería desglosar su coste, no basta asumirlo como un porcentaje sobre el precio base. De nuevo es preciso haber informado con antelación del importe, indicándolo en la carta y el establecimiento. Y debe aparecer en la factura.
3. Sigue siendo legal cobrar un suplemento por medidas Covid para limpiar o desinfectar, pero además de informar previamente, su coste tiene que ser ajustado y proporcional: repartido entre el hostelero y el cliente.
4. Si se ofrece un aperitivo no solicitado, es aconsejable preguntar si es gratis. Es legal cobrarlo siempre que aparezca detallado en la lista de precios, lo mismo que el pan, detallando el precio por comensal o unidad. En el caso del pan, hay que prestar atención a si el precio es por unidad, porque cada vez que pida más irá sumándose en la cuenta.
5. Cuidado con el precio “según mercado”. Los pescados, carnes y mariscos con precio en la carta según mercado, deben incluir una base o un peso de referencia que permita al consumidor conocer el precio aproximado. Otras veces indican “precio según peso”, pues varía en función del peso de la pieza. En estos casos deberían al menos indicar un peso de referencia (por ejemplo, el importe por 100 g) que permita al consumidor hacerse una idea del precio aproximado de ese plato.
6. Si se ofrece un producto fuera de carta, deberá informarse explícitamente de su precio, de lo contrario el consumidor puede negarse a pagarlo y ofrecer a cambio el pago de un plato similar que conste en la carta de precios.
7. El agua de grifo se puede cobrar, siempre que aparezca detallada en la lista de precios. La última moda es servir agua del grifo pero “tratada” (filtrada, osmotizada... o simplemente en un recipiente “fashion”), lo que da la excusa ideal para cobrar por ella, denuncia la OCU. La Organización reclama una ley nacional que obligue a ofrecerla de forma gratuita y complementaria al agua envasada. En esta línea, cobrar por el hielo de un refresco o la leche de café es una práctica abusiva a los ojos de la OCU, pero si se pretende aplicar, se debe informar en la lista de precios e informar previamente.
8. Cobrar por el servicio de mesa o por el cubierto es ilegal. Está implícito en el propio servicio de hostelería.
9. No pueden engrosar la factura aplicando un 10% adicional al precio de la carta simplemente por sumar el IVA. Según la legislación nacional no está permitida la advertencia “IVA no incluido”, aunque aparezca en el menú. Los precios que se comuniquen en la carta o lista de precios ya deben llevar sumado el IVA.
10. El establecimiento está obligado a entregar ticket o factura siempre con detalle de todos los productos. Es imprescindible en el caso de que luego el consumidor decidiera reclamar o sufriera una intoxicación.
Teniendo en mente todas estos consejos, la recomendación final es cotejar la factura antes de pagar para comprobar que no le han cobrado de más. Si tras expresar sus quejas con educación y argumentos el establecimiento se niega a rectificar, podrá solicitar una hoja de reclamaciones donde dejar constancia de lo ocurrido. Si se niegan a dársela, puede avisarse a la policía municipal. Además, la OCU pone a disposición de los consumidores una plataforma online en su web https://www.ocu.org/reclamar que permite reclamar a las empresas de forma sencilla.
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