Sentencia

Los desplazamientos para exámenes de promoción interna de funcionarios deben ser pagados como dietas

El fallo del Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por la Administración del Estado contra una sentencia previa del TSJM, que reconoció este derecho a una funcionaria a esa indemnización

El “icetazo” sale adelante entre reproches y la ausencia de su autor, el exministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta.
El “icetazo” sale adelante entre reproches y la ausencia de su autor, el exministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta.Alberto MoranteEFE

El Tribunal Supremo ha confirmado una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que obliga a la Administración del Estado a abonar dietas a empleados públicos por los viajes para asistir a exámenes de promoción interna. En una sentencia fechada el pasado 2 de diciembre, la sala de lo contencioso desestima el recurso presentado por la Administración contra un fallo del TSJM de diciembre de 2019, que falló en contra de la dirección de Recursos Humanos de la Agencia Tributaria.

En 2010, como “consecuencia de la crisis económica y en un contexto generalizado de recortes del gasto público”, indica la sentencia, el Estado dejó de abonar a sus empleados las dietas por desplazamiento a otra ciudad y por alojamiento eventual por la asistencia a pruebas selectivas. Pero ahora, el Supremo fija como doctrina el reconocimiento de esta indemnización, tal y como establece el real decreto de 2002 que las estipulaba, y que fue modificado en 2010.

El pago de estas dietas se estableció en el artículo 7 del Real Decreto de 2002 de indemnizaciones por razón de servicio, y desde su entrada en vigor hasta julio de 2010 se abonaron. Sin embargo, debido a la crisis económica, se modificó el criterio y estas indemnizaciones empezaron a denegarse a los empleados públicos. El TSJM amparó el pago de estas dietas para una funcionaria que las reclamó, pero la Administración del Estado recurrió en casación al Supremo. Ahora, el Alto Tribunal ha ratificado la sentencia del TSJM y ha fijado doctrina, estableciendo el derecho de los empleados públicos a cobrar esas dietas cuando se desplacen a otra localidad para realizar exámenes de promoción interna.

A lo largo de los últimos años, CSIF ha emprendido diferentes procedimientos judiciales para que estas dietas fueran abonadas. Con el fallo del Supremo en la mano, el sindicato ha pedido a la Administración del Estado que se allane a todas las reclamaciones pendiente de resolver y proceda al pago inmediato de estas indemnizaciones.

El sindicato mayoritario de la Administración Pública calcula que esta sentencia afecta a centenares de personas que a lo largo de los últimos años se tuvieron que desplazar a una localidad diferente de su residencia habitual para realizar pruebas selectivas. Por este motivo, el sindicato que preside Miguel Borra ha iniciado una campaña para que todas aquellas personas que estén en esta situación puedan reclamar las correspondientes indemnizaciones.

La organización sindical ya se dirigió en 2017 a la Agencia Tributaria para que dictara las instrucciones oportunas a fin de indemnizar a sus funcionarios ante los pronunciamientos de los tribunales en sentencias favorables al abono de estas dietas. “Sin embargo, la Agencia Tributaria rechazó esta pretensión y decidió recurrir al Supremo, que finalmente nos ha dado la razón”, se felicita CSIF.

El sindicato de funcionarios CSIF ha celebrado el criterio del Supremo e insta al Estado a allanarse en todas las reclamaciones pendientes y a devolver las dietas que no fueron percibidas.