Multa millonaria

Multa de 24 millones contra el cártel de la chatarra por pactar los precios

ArcelorMittal, Sidenor y Balboa se intercambiaron información sobre los precios que ofertarían a los proveedores de chatarra férrica para bajar el valor

Una de las plantas de Arcelor-Mittal
Una de las plantas de Arcelor-Mittallarazon

Coto al cártel de la chatarra. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) -el organismo que vigila la competencia empresarial en España- ha multado con 24 millones de euros a las empresas siderúrgicas Aceralia Basque Holding (ArcelorMittal), Sidenor Aceros Especiales y Siderúrgica Balboa por tres presuntas irregularidades: por intercambiar información sobre los precios que ofertarían a los proveedores de chatarra férrica, por compartir datos sobre las paradas técnicas de sus instalaciones de forma que se anticipaban la futura demanda de chatarra, y por intercambiar información sobre sus precios o precios de terceros competidores que todavía no eran públicos para todo el mercado.

Según ha comunicado la Comisión, estas compañías han incurrido en dos infracciones de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) consistentes en intercambios de información anticompetitivos en el mercado de compra de chatarra férrica, que propició que estas empresas sancionadas, competidoras entre sí, pudieran alinear su comportamiento y se garantizaran el aprovisionamiento de chatarra, alterando a la baja los precios y sin someterse a la disciplina del mercado. Con estas informaciones, también fueron capaces de anticipar reducciones en el nivel de la demanda de chatarra y restringir aún más la competencia.

La investigación se inició por un denuncia anónima presentada ante la Comisión Europea sobre la posible existencia de un cártel en el mercado de compra de chatarra en España. En noviembre de 2018 y en marzo de 2020), la CNMC llevó a cabo inspecciones domiciliarias en la sede de varias empresas siderúrgicas, no solo de las sancionadas -ArcelorMittal Comercial Perfiles España; ArcelorMittal España, ArcelorMittal Madrid; Ferimet y su matriz Compañía Española de Laminación; Metalúrgica Galaica y su matriz Bipadosa, y Siderúrgica Sevillana y su matriz Riva Forni Electtrici, cuyas investigaciones quedaron archivadas-. Finalmente, en julio de 2020, se abrió un expediente sancionador contra las citadas tres empresas por prácticas restrictivas de la competencia.

Los intercambios de información detectados por la CNMC en su investigación se produjeron, por un lado, entre AG Siderúrgica Balboa (Balboa) y Sidenor Aceros Especiales (Sidenor) y, por otro lado, entre Sidenor y ArcelorMittal Aceralia Basque Holding.

Durante la instrucción del expediente sancionador, la CNMC ha acreditado que Balboa, Arcelormittal y Sidenor intercambiaron informaciones “comercialmente sensibles”, que les permitieron “alinear su comportamiento” y garantizarse el aprovisionamiento de chatarra “sin someterse a la disciplina del mercado”. Por ello, ha impuesto una sanción de 12,12 millones de euros a ArcelorMittal por intercambiar información con Sidenor entre enero y agosto de 2018. A Sidenor le ha multado con un total de 10,55 millones por intercambios de información tanto con ArcelorMittal en el periodo señalado como con Balboa en agosto de 2017. Y, por último, la sanción a Balboa ha sido de 1,34 millones de euros, por intercambiar información con Sidenor, aunque ha quedado rebajada a 670.000 euros al haberse aplicado una reducción del 50% por la colaboración de su empresa matriz, Gallardo Balboa, en el marco del Programa de Clemencia de la CNMC.

Además de declararse la responsabilidad de dichas empresas como autoras de las prácticas sancionadas, se ha declarado la responsabilidad solidaria de sus empresas matrices, que son las que deberán hacer efectivas las multas: ArcelorMittal Spain Holding (AMSH), matriz de ArcelorMittal; Clerbil, matriz de Sidenor, y Grupo Gallardo Balboa, matriz de Balboa.

Contra esta resolución -según constata la CNMC- no cabe recurso alguno en vía administrativa, quedando solo abierta la vía del recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses.