Energía
El Gobierno niega cambios en el plan de ahorro: “La flexibilidad está en el origen de la norma”, defienden
Ribera no se reunirá con los consejeros de medio ambiente de las comunidades como pide Ayuso: “No vemos necesario un nuevo encuentro que no sea de nivel técnico”
El plan de ahorro energético “no se ha modificado, revisado ni flexibilizado” ni se ha incorporado ninguna excepción desde la aprobación en el Consejo de Ministros del pasado lunes porque “la flexibilidad está en el origen de la norma, desde su concepción más embrionaria”. De esta forma, ha negado el Gobierno que haya cedido a las amenazas de recursos judiciales y presiones que desde diferentes estamentos se han producido esta semana. Tampoco que hayan reformado alguno de los puntos del real decreto ley sobre eficiencia energética aprobado el pasado 1 de agosto.
Según han confirmado a LA RAZÓN fuentes gubernamentales a través de una nota, “No se ha tenido que incorporar después de su aprobación ninguna excepción, ni se ha tenido que flexibilizar a posteriori. La flexibilidad está en el origen de la norma, desde su concepción más embrionaria. Las excepciones a las medidas están incluidas en el texto original, que no ha sufrido la más mínima modificación”. Así, desde el Ministerio se incide en que el decreto se basa en la legislación laboral vigente y, por tanto, “ha incluido desde el inicio una norma general con las salvedades que indica la reglamentación que protege a los trabajadores”.
Respecto a la petición de la Comunidad de Madrid a que Ribera convoque a los consejeros de las comunidades por las “incertidumbres” que suscita el real decreto, desde el Ministerio han confirmado que esa reunión no se celebrará, ya que ha recordado que la ministra ya se reunió con los portavoces parlamentarios en dos ocasiones durante el mes de julio, antes y después del acuerdo en el Consejo de Ministros de Energía en Bruselas, y también se reunió con los consejeros autonómicos, por lo que “no ven necesario un nuevo encuentro que no sea de nivel técnico”, confirmaron fuentes gubernamentales.
El objetivo del Ministerio es “lograr una sensibilización de la sociedad” para que conozca la necesidad de ser más eficientes en el consumo energético. “Un grado de diferencia en el termostato supone un ahorro del 7% de energía”, insistieron, y “el sentido común se acaba imponiendo”. También consideraron que la norma es “flexible y proporcional para atender a diferentes situaciones laborales. Es obvio que no va a trabajar a la misma temperatura quien está sentado en la oficina de un banco a quien está cocinando en un restaurante”, precisaron. En este sentido, subrayaron que el texto es “absolutamente respetuoso” con la norma que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
En la nota se precisa asimismo que la norma recoge una limitación de temperaturas y establece que “por razones de ahorro energético se limitarán las condiciones en el interior de los establecimientos habitables” que estén acondicionados, situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos: administrativo; comercial (tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares); y Pública concurrencia (culturales, establecimientos de espectáculos y actividades recreativas, restauración y transporte de personas).
Según el Ministerio, el real decreto especifica las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. “En la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. Deberán evitarse las temperaturas y humedades extremas…”. Así, la temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 21ºC, cuando para ello se requiera consumo de energía convencional para la generación de calor por parte del sistema de calefacción, y en los refrigerados no será inferior a 26ºC, cuando para ello se requiera consumo de energía convencional para la generación de frío por parte del sistema de refrigeración.
Según advierten, no se aplicará en los lugares en los que, por las condiciones laborales, no sea posible, como colegios, institutos, universidades, guarderías, etc.; centros sanitarios y hospitalarios; peluquerías; gimnasios; trenes, aeropuertos, barcos etc.; lavanderías y en las habitaciones de los hoteles.
La norma precisa también que el horario de apagado de escaparates será desde las 22.00 horas y “se aplicará exclusivamente al alumbrado de escaparates y de edificios públicos que a dicha hora estén desocupados”, según lo establecido en el propio decreto. Además, no se aplica al alumbrado de monumentos que no sean edificios públicos. Empresas y administraciones tienen que adaptarse a la normativa del cierre de puertas antes del 30 de septiembre de 2022.
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