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El Gobierno amplía la vigencia de las deducciones en el IRPF por obras de mejora energética en viviendas

Las que afectan a rehabilitaciones de primeras viviendas se aplicarán todo 2023 y las de edificios completos, hasta finales de 2024

Rehabilitación de viviendas
Rehabilitación de viviendasJesus G. FeriaLa Razón

El Real Decreto-ley aprobado hoy por el Consejo de Ministros para amortiguar el impacto de los precios de la energía contiene la ampliación de la vigencia temporal de las deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas que se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética, según ha informado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

La medida está financiada con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) aprobado por la Unión Europa y forma parte del “Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales”, dotado con 3.420 millones de euros, de los que 450 millones se destinarán inicialmente para financiar los incentivos fiscales

El decreto contempla laampliación del periodo de vigencia de dos de las deducciones hasta el 31 de diciembre de 2023:la del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual y la del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en también en vivienda habitual. Una tercera, la deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales, se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2024.

En lo que se refiere a las obras destinadas a reducir la demanda de calefacción o refrigeración, el porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda. Se aplicará también a inmuebles que se vayan a destinar a alquiler como vivienda habitual.

Las actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía tendrán una deducción de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda. La deducción del 60% para edificios residenciales beneficiará a las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.