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¿Cobra una pensión? Así afecta el número de hijos a su cuantía

Esta ayuda la podrán solicitar tanto mujeres como hombres que hayan tenido uno o más hijos

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Millones de personas en nuestro país reciben una pensión contributiva de la Seguridad Social. Por lo general, su concesión está supeditada a que el beneficiario haya tenido una relación jurídica previa con este organismo, siempre y cuando haya cumplido con los requisitos exigidos. No obstante, en ocasiones, el importe de estas prestaciones económicas suele ser insuficiente, por ello, la Seguridad Social contempla el cobro de algún que otro complemento para aumentar esta cuantía.

El número de hijos que una persona tiene puede influir directamente en la cuantía de su pensión. El complemento para reducir la brecha de género tiene el objetivo de reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres al asumir el cuidado de los hijos. Esta ayuda la podrán solicitar tanto mujeres como hombres que hayan tenido uno o más hijos y sean beneficiarios no solo de una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), sino también de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021.

La cuantía del complemento se fijará en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Por tanto, para este 2024, el importe es de 33,20 euros mensuales por cada hijo o hija, "de acuerdo con lo regulado en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, que establece que debe añadirse un 5% al porcentaje general de revalorización de las pensiones (un 10% en el bienio 2024-2025)", explican desde la Seguridad Social. El complemento se abona mensualmente con dos pagas extraordinarias que se recibirán con las mensualidades de junio y noviembre. De esta forma, la cuantía anual con un hijo ascendería a unos 464,80 euros, con dos hijos a 929,60 euros, con tres hijos a 1.394,40 euros y con cuatro hijos el complemento para la reducción de la brecha de género podría alcanzar los 1.859,20 euros.

El complemento no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima. En este sentido, los requisitos para poder beneficiarse del mismo son los siguientes:

  • Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. Es decir, el complemento se sumará a las pensiones de jubilación ordinaria, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad.
  • Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí. Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta.
  • Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
  • Si es un hombre, se deberán acreditar los requisitos adicionales.