Prestaciones

Cuantías definitivas del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2024 y otras novedades

Esta ayuda se revaloriza un 6,9%, al igual que las pensiones no contributivas y algunas pensiones mínimas contributivas, para garantizar su suficiencia

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Colas del hambreJesús G. FeriaLa Razón

Desde su puesta en marcha en junio de 2020, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha llegado a 735.562 hogares en los que viven 2.157.712 personas, según los últimos datos de la Seguridad Social, correspondientes a diciembre de 2023. Esta cifra incumple el objetivo de beneficiarios potenciales que el Gobierno pretendía alcanzar tras crear la nueva ayuda: 850.000 hogares y 2,3 millones de beneficiarios en el primer año de vigencia. Uno de los retos de la nueva ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, será realizar los ajustes necesarios para facilitar el acceso a esta prestación. En cuanto al pago, el IMV se ha revalorizado un 6,9% en 2024, al igual que las pensiones no contributivas y  algunas pensiones mínimas contributivas. Estas son las cuantías que se cobraban en 2023 y las que se cobrarán este 2024:

-Para un beneficiario individual: ahora, 565,37 euros; en 2024, 604,21 euros (7.250,52 euros al año en 12 pagas). Esta cantidad se incrementa un 22% si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

-Para la unidad de convivencia la cuantía anterior incrementada en un 30% por miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220%.

  • Para una unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos: 734,99 euros en 2023; 785,48 euros en 2024 (9.425,76 euros al año).
  • Para una unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos: 904,60 euros en 2023; 966,74 euros en 2024 (11.600,88 euros al año).
  • Para una unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos: 1.074,21 euros en 2023; 1.148,01 euros en 2024 (13.776,12 euros al año).
  • Para una unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor: 1.243,83 euros en 2023; 1.329,27 euros en 2024 (15.951,24 euros al año).

-Las cuantías anteriores se incrementan con un complemento del 22% cuando se trate de unidad de convivencia monoparental:

  • Para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y un menor: 859,37 euros en 2023; 918,4 euros en 2024 (11.020,80 euros al año).
  • Para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y dos menores: 1.028,98 euros en 2023; 1.099,67 en 2024 (13.196,04 euros al año).
  • Para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y tres menores: 1.198,60 euros en 2023; 1.280,93 euros en 2024 (15.371,16 euros al año).
  • Para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y cuatro o más menores: 1.368,21 euros en 2023; 1.462,2 euros en 2024 (17.546,40 euros al año).

A la cuantía mensual que corresponda a la unidad de convivencia se sumará un complemento equivalente a un 22% en el supuesto de que en la unidad de convivencia esté incluida alguna persona con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%. En unidades de convivencia monoparentales y con beneficiarios con algún tipo de discapacidad se sumarán los complementos, por lo tanto, las cuantías se incrementarán un 44%.

Además de las cuantías indicadas, se abonará un complemento mensual de ayuda para la infancia por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia, en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:

  • Menores de tres años: 115 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

Incentivo al empleo

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aprobó en 2022 un mecanismo que garantiza que aquellos beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital que aumenten su participación en el mercado de trabajo incrementen su renta disponible. Este mecanismo consiste en que una parte del aumento en sus ingresos (gracias a rendimientos del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia) no se tendrá en cuenta a la hora revisar su IMV, y, por tanto, en función de sus rentas, será posible que siga cobrando la prestación (o una parte de la misma) a la vez que mejora sus ingresos. Esta cantidad se llamará renta no computable.

En la revisión anual del IMV se aplicará el mecanismo del Incentivo al Empleo aprobado y se tomará el incremento producido con los datos de dos años anteriores. En el caso de 2024, para beneficiarios del IMV en 2023, se tendrá en cuenta el aumento de rentas del trabajo en 2023.

Integración de subsidios en el IMV

La reforma de los subsidios por desempleo, que se votará este miércoles en el Pleno del Congreso y entrará en vigor el 1 de junio de 2024, simplificará el catálogo de prestaciones a sólo dos modalidades con tres tipos de subsidio por desempleo: una ordinaria que conforman el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva y el subsidio por cotizaciones insuficientes y otra para los mayores de 52 años.

Desaparecerán la Renta Activa de Inserción (RAI), el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), el de los emigrantes españoles retornados, el destinado a quienes se les revisa una incapacidad permanente y vuelven a estar disponibles para el empleo al no mantener la reserva del puesto de trabajo en sus empresas, y el que reciben las personas liberadas de prisión. Todos ellos dejarán de estar cubiertos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), al no ser subsidios por desempleo en el sentido estricto, y pasarán a manos de la Seguridad Social, a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV). El cambio sólo afectará a los nuevos solicitantes. Sin embargo, los que estén cobrando las ayudas en el momento de entrar en vigor la reforma seguirán haciéndolo.