Vivienda
¿Derrama en la comunidad? Así es cómo debe pagarla
La derrama son aquellos gastos extraordinarios que se generan en una comunidad de vecinos y que no estaban previstos en las cuentas anuales
Vivir en una comunidad de vecinos es la opción que eligen cada vez más personas en nuestro país, no obstante, la convivencia no siempre es fácil. Comprar un inmueble integrado en un edificio supone pagar de forma periódica una serie de gastos ordinarios para el mantenimiento y óptimo funcionamiento del edificio, así como hace frente a aquellos que surgen de forma imprevista, es decir, las temidas derramas.
La derrama son aquellos gastos extraordinarios, por norma general, de carácter urgente, que se generan en una comunidad de vecinos y que no estaban previstos en las cuentas anuales, por lo que será un importe extra que se deberá añadir a los gastos ordinarios.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que "el pago de una derrama es obligatorio, siempre que se haya consultado y aprobado en junta de propietarios, y sea para mejorar la seguridad y accesibilidad del edificio", según explican desde el portal inmobiliario Fotocasa.
A pesar de que la normativa vigente estipula que las derramas siempre deben ser consultadas y aprobadas en una junta de propietarios, la ley no fija un coste máximo o mínimo al que deben ceñirse, por lo que el importe también deberá debatirse entre los vecinos.
Este tipo de cuotas serán obligatorias, siempre y cuando sirvan para la conservación del inmueble, y que garanticen la habitabilidad, seguridad y accesibilidad de éste. Asimismo, también son obligatorias todas aquellas derramas para mejorar la eficiencia energética del edificio, como en el caso de la eliminación de la calefacción central.
Sin embargo, los propietarios podrán negarse a pagar aquellas derramas que solo tengan la finalidad de mejorar la apariencia y estética del edificio, pero no su seguridad o accesibilidad. También se podrán negar a realizar aquellas obras que no sean necesarias o atenten contra la seguridad de los vecinos. En estos casos, los propietarios podrán interponer una demanda ante un juez para que no se lleven a cabo.
A pesar de que todos los propietarios están obligados a pagar ciertas derramas, no todos abonarán la misma cuantía. Esto se debe a que algunos vecinos pagan más gastos de comunidad que otros dependiendo de la cuota de participación estipulada en las escrituras del edificio.
"Lo habitual es que el importe de la derrama en cuestión se sume a las cuotas ordinarias que paga periódicamente cada propietario. Esto también deberá decidirse en junta de propietarios, en el momento en el que se apruebe llevarla a cabo", explican desde el portal inmobilario. En este sentido, existen varias formas de pagar esta derrama:
- Domiciliación bancaria: esta es la forma de pago más habitual, ya que es la más cómoda. En este caso, los propietarios no tendrán que preocuparse de realizar periódicamente transferencias o ir al banco y además no supone ningún gasto extra.
- Transferencia bancaria: esta es otra de las opciones para pagar los gastos de la comunidad –tanto ordinarios como extraordinarios–, aunque no es lo habitual, ya que muchas entidades cobran comisiones por ello. Además, también cabe la posibilidad de que el propietario se olvide de hacerla, contrayendo así una deuda con la comunidad de propietarios.
- Ingreso en efectivo en la entidad bancaria: esta es la opción menos común de los tres, ya que varias entidades bancarias no aceptan el ingreso de cuotas de la comunidad en efectivo o incluso cobran una comisión por hacerlo.
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