Campaña de la Renta

Si eres de Madrid puedes ahorrarte hasta 1.500 euros en la declaración de la Renta de 2025: requisitos y qué casilla marcar

Una ventaja fiscal poco conocida puede marcar la diferencia este año

Si eres de Madrid puedes ahorrarte hasta 1.500 euros en la declaración de la Renta de 2025: requisitos y qué casilla marcar
Si eres de Madrid puedes ahorrarte hasta 1.500 euros en la declaración de la Renta de 2025: requisitos y qué casilla marcarLa Razón

Comienza la campaña de la Renta y, con ella, la carrera anual por cuadrar cuentas con Hacienda. Pero este año, los contribuyentes de la Comunidad de Madrid que hayan ampliado su familia tienen un motivo más para prestar atención a su declaración, ya que esta vez podrían ahorrarse hasta 1.500 euros gracias a una deducción específica por compra de vivienda habitual.

Lejos de ser una ayuda generalizada, se trata de un incentivo fiscal dirigido a quienes han tenido o adoptado hijos recientemente y han adquirido un nuevo hogar a partir de 2023. Si es tu caso, y cumples los requisitos, Hacienda podría devolverte una parte importante de lo que has invertido en tu vivienda. Eso sí, conviene entender bien en qué consiste esta deducción, cómo aplicarla correctamente y en qué casos se pierde el derecho a beneficiarse de ella.

¿Quién puede acceder a esta deducción?

Esta deducción no está abierta a todos los contribuyentes madrileños. Está específicamente destinada a quienes hayan adquirido una vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2023, y lo hayan hecho como consecuencia del nacimiento o adopción de hijos.

Además, la vivienda debe constituir o estar destinada a constituir la residencia habitual de la unidad familiar. Según los criterios de la Agencia Tributaria , se entiende como residencia habitual aquella en la que se resida más de 183 días naturales al año. También es importante tener en cuenta el plazo, ya que la compra debe realizarse dentro de los tres años siguientes al nacimiento o adopción, y el inmueble debe habitarse en el plazo máximo de doce meses desde su adquisición.

¿Cuánto dinero se puede deducir?

La deducción alcanza el 10% del precio de adquisición de la vivienda, pero no se aplica de golpe. El importe se reparte a lo largo de diez años, con un límite anual de 1.546,50 euros. Esto significa que, en el mejor de los casos, el ahorro total puede llegar a 15.465 euros durante el periodo completo.

Límite de ingresos para aplicar la deducción

Uno de los aspectos clave para poder beneficiarse de esta deducción es que los ingresos familiares no superen cierto umbral. En concreto, la norma establece que la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente y del resto de miembros de la unidad familiar no puede ser superior al resultado de multiplicar 30.930 euros por el número de personas que la componen.

Por ejemplo:

  • Una familia formada por dos adultos y un hijo tendrá un límite conjunto de 92.790 euros (30.930 × 3).
  • En una familia con dos hijos, el máximo permitido será de 123.720 euros (30.930 × 4).

Superar esos límites supone quedar fuera de esta deducción, aunque se cumplan el resto de requisitos.

¿Dónde se aplica en la declaración?

Aunque la casilla concreta puede variar ligeramente según el diseño de Renta WEB de cada año, esta deducción se encuentra dentro del apartado de deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid. Para asegurarse de marcarla correctamente, es recomendable utilizar el programa oficial de la Agencia Tributaria, que suele incorporar estos beneficios de forma automatizada si se han introducido bien los datos.

¿Cuándo se pierde el derecho a deducir?

La Agencia Tributaria advierte de dos situaciones principales en las que se pierde el derecho a aplicar esta deducción:

1. Si se vende la vivienda antes de agotar los diez años de deducción.

En ese caso, se perderá el derecho a seguir aplicando la deducción a partir del ejercicio en que se produce la venta y en los años posteriores. Por ejemplo, si una vivienda se adquiere en 2023 y se vende en 2026, no se podrán aplicar deducciones desde 2026 hasta 2032, que sería el último año del periodo.

2. Si el hijo que dio derecho a la deducción deja de formar parte de la unidad familiar, por ejemplo, por emancipación.

Además, existe una segunda situación en la que hay que devolver lo ya deducido en ejercicios anteriores. Esto ocurre si la vivienda:

  • No llega a habitarse dentro de los doce meses posteriores a su compra.
  • No se habita durante un mínimo de tres años continuados, salvo que haya circunstancias que obliguen al cambio de domicilio.

En estos casos, el contribuyente debe presentar una autoliquidación complementaria, restituyendo el importe deducido junto con los intereses de demora, tal y como establece el artículo 122.2 de la Ley General Tributaria.

Deducción

Esta deducción autonómica puede representar un ahorro relevante para las familias madrileñas que han adquirido una vivienda habitual tras aumentar su familia. No obstante, es imprescindible revisar con detalle todos los requisitos y los plazos, ya que cualquier incumplimiento puede conllevar la pérdida total o parcial del beneficio fiscal.

Consultar con un asesor o utilizar el simulador oficial de la Agencia Tributaria puede ser la mejor forma de aplicar correctamente esta ventaja sin errores ni sobresaltos futuros.