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Derecho laboral

El Estatuto de los Trabajadores explica cómo se escogen los festivos en España: fiestas nacionales y autonómicas

Este derecho laboral queda recogido en el artículo 37 del Estatuto y su correcta aplicación resulta fundamental para los implicados

El Estatuto de los Trabajadores explica cómo se escogen los festivos en España: fiestas nacionales y autonómicas PIXABAY

Se acerca la Navidad y con ella uno de los momentos más señalados del calendario en España. Calles iluminadas, escaparates decorados y el aroma de dulces típicos anuncian la proximidad de unas fiestas que para muchos representan un paréntesis en la rutina laboral. Es también un tiempo de reuniones familiares, intercambios de regalos y de celebraciones que suelen coincidir con varios de los festivos más esperados del año. Entre ellos destacan el 25 de diciembre, día de la Natividad del Señor, y el 1 de enero, Año Nuevo, jornadas que forman parte de los llamados días festivos de ámbito nacional.

Los españoles también disfrutan del 1 de mayo como Fiesta del Trabajo, un día dedicado a la reflexión sobre los derechos laborales y la solidaridad entre trabajadores. La Fiesta Nacional de España el 12 de octubre completa el grupo de días que no pueden faltar en ningún calendario laboral, independientemente de la comunidad autónoma. Estos festivos, además de ofrecer descanso, representan tradiciones culturales que se mantienen vivas y generan un impacto directo en la planificación de la actividad económica, el turismo y la vida social de las ciudades y pueblos.

Sin embargo, incluso en estos días señalados las empresas pueden requerir la presencia de sus empleados, siempre que se cumplan ciertos criterios específicos, aunque no aplican para todos los sectores. Para que esta medida sea legal, el día en cuestión debe estar contemplado en la distribución de la jornada habitual del trabajador. Por ejemplo, si el contrato establece turnos rotativos o trabajo durante fines de semana, y el festivo cae dentro de ese calendario, el empleador puede exigir la asistencia recompensando con un descanso adicional, o mediante una remuneración.

Según la jurisprudencia vigente y las palabras del abogado Andrés Millán, la retribución en festivo puede "verse incrementada hasta en un 75% más de lo que te pagan normalmente por cada hora". En sectores como la hostelería es muy frecuente.

Elección del calendario laboral en España

A pesar de la aparente claridad, existe cierta confusión sobre cómo se eligen los festivos cada año. El artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que "las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales". Esto significa que el máximo de días festivos anuales no puede superar catorce y que dentro de ellos deben incluirse al menos dos celebraciones propias de cada localidad, garantizando así un equilibrio entre el calendario nacional y las tradiciones locales. Por ende, indica que los empleados tienen derecho a un mínimo de 14 días festivos al año.

El artículo continúa explicando que "en cualquier caso se respetarán como fiestas de ámbito nacional las de la Natividad del Señor, Año Nuevo, 1 de mayo, como Fiesta del Trabajo, y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España". Frase que asegura que estos cuatro días son inamovibles y forman la base del calendario laboral anual, sirviendo de referencia para la planificación de festivos autonómicos y locales.

El traspaso de los festivos y la autonomía del calendario

Además, se contempla la posibilidad de modificar el calendario: "el Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo". Esto permite que cuando un festivo cae en mitad de la semana, se pueda desplazar al lunes para generar un fin de semana largo y que si coincide con domingo, el descanso se compense el lunes siguiente, asegurando que el trabajador no pierda el derecho al día festivo.

Por último, las comunidades autónomas cuentan con cierto margen de maniobra: "podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes". Si alguna comunidad no pudiera establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo o con suficientes días nacionales, "podrá, en el año que así ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce". De esta forma, el Estatuto garantiza flexibilidad para respetar la diversidad cultural de España sin exceder los límites legales de días festivos.