Vivienda

Esto es lo que debe hacer si el inquilino no le paga el alquiler

El impago del alquiler es uno de los principales motivos que echan para atrás a los propietarios a la hora de arrendar un inmueble

Una persona sujeta las llaves de una vivienda
Una persona sujeta las llaves de una viviendaLa RazónLa Razón

Alquilar una vivienda vacía entra en los planes de futuro de muchos propietarios, ya que de esta forma obtienen una nueva fuente de ingresos para hacer frente a los altos precios y a los numerosos obstáculos económicos actuales. No obstante, el impago de alquileres ha crecido considerablemente en los últimos años, lo que ha provocado el miedo entre los caseros y ha hecho que este sea uno de los principales motivos que echen para atrás a los propietarios a la hora de arrendar un inmueble. Pese a ello, hay algunos que ya tomaron la decisión de alquilar su vivienda y que se encuentran ante esta problemática, entonces, ¿qué pueden hacer si no han cobrado el alquiler?

Antes de nada, contar con un buen contrato de arrendamiento es fundamental para que ambas partes conozcan sus obligaciones y derechos, y que no se produzca ningún posible conflicto en el futuro. Para su elaboración, desde el portal inmobiliario de Fotocasa explican que se deberá acudir a un especialista que defina de forma clara todos los aspectos del contrato como el importe de la renta o incluso cuando y como se debe pagar, ya que en caso de impago, será mucho más fácil para el propietario poder reclamar la cuantía pendiente. "Si se gira un recibo es fundamental que esté firmada la orden SEPA para que conste esa autorización a la entidad bancaria y quede limitado el tiempo de devolución del recibo", sostiene la abogada del despacho Círculo Legal Barcelona, Arantxa Goenaga.

En el caso de que no se haya recibido el alquiler, la letrada asegura que tras unos días prudenciales, el propietario deberá contactar con el inquilino para conocer el motivo que ha producido el impago o si en cambio ha sido un error. Si el arrendatario no puede pagar la cuota mensual, el casero podrá negociar un pago fraccionado para que pague aunque sea un importe pequeño, y que este acuerdo quede por escrito. No obstante, en el caso de que no se pueda llegar a un acuerdo, la experta declara que lo mejor será iniciar un procedimiento judicial de desahucio cuanto antes, dado que si el inquilino no quiere hacer frente al pago del alquiler un mes, no es de extrañar que este también se produzca en los próximos.

Ante este escenario, y con el objetivo de evitar posibles conflictos, el propietario podrá hacer uso de un seguro de impago de alquiler, ya que si una persona deja de abonar más de un determinado número de mensualidades, esta póliza será la encargada de cubrir las cuotas al arrendador. Si se tiene este seguro, es convenientes que se notifique dicho impago desde el primer momento, ya que de esta manera se cubrirán las rentas que se han dejado de percibir.

En definitiva, si se produce un impago, lo primero será hablar con el inquilino y, en el caso de que no quiera pagar, se deberá acudir a los tribunales para resolver la situación y que la deuda sea la mínima posible. "No hay que esperar ni confiar en que la situación se va a solucionar y si se cobra mientras está vigente el procedimiento siempre se puede desistir del mismo, pero si no se tiene esa suerte se habrá avanzado en la solución del problema", asevera Goenaga.