Vivienda

¿Qué debo hacer si no puedo pagar mi alquiler?

Los españoles tienen que destinar más del 30% de sus ingresos para hacer frente a la renta mensual de alquileres prohibitivos

Imagen de recurso de una pareja haciendo cuentas
Imagen de recurso de una pareja haciendo cuentasPISOS.COMPISOS.COM

España es un país cada vez más de inquilinos, dado que comprar una vivienda en propiedad es impensable para muchos ciudadanos. Sin embargo, vivir de alquiler no presenta un escenario mucho mejor, sino que simplemente es la opción más accesible, pese a que los alquileres se enfrentan a una espiral alcista que no encuentra techo. Por tanto, no es de extrañar que los españoles tengan que destinar más del 30% de sus ingresos para hacer frente a la renta mensual de alquileres prohibitivos, algo que resulta misión casi imposible para muchas familias.

Ante esta problemática y una vida cada vez más cara, algunos arrendatarios se han visto con el agua al cuello, lo que les ha impedido abonar la mensualidad del alquiler. No obstante, antes de verse en esta situación, desde el portal inmobiliario de Fotocasa explican que es necesario anticiparse y comunicárselo cuánto antes al casero para llegar a un acuerdo o incluso que éste realice alguna excepción como una suspensión temporal de la renta o un descuento en la cuantía. Pese a que esta conversación puede llegar a buen puerto, hay otras veces que los propietarios no están dispuestos a perder dinero.

En el momento en el que el pago del alquiler se demore unos días del plazo especificado, los arrendadores podrán comenzar un procedimiento de desalojo por impago, aunque para que este se haga efectivo tendrá que pasar un plazo mínimo de 6 meses.

Si el impago aún no se ha producido

  • Solicitar ayudas públicas: El Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 tiene el objetivo de impulsar el mercado del alquiler, entre otros. Dentro de este programa se encuentran dos acciones a tener en cuenta para las personas que viven de alquiler: el Bono Alquiler Joven que ofrece una ayuda de 250 euros mensuales para menores de 35 años con un renta anual inferior a los 24.000 euros; y el seguro de impago al alquiler pata jóvenes, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. Asimismo, existen ayudar municipales al alquiler dependiendo de la renta que tenga el inquilino en cuestión.
  • Solicitar una moratoria o prórroga: La primera solución será solicitar una moratoria o aplazamiento del pago, siempre y cuando la cantidad se devuelva en un plazo de tiempo determinado.

Si se debe alguna mensualidad

  • Utilizar la fianza: En el caso de que ambas partes lleguen a un acuerdo y este se encuentre estipulado en el contrato de arrendamiento, la fianza podrá ser utilizada como mensualidad, compensando así el impago.
  • Aval personal o fiador: En los contratos de arrendamiento, el propietario podrá exigir un aval persona o fiador para que responda económicamente por el inquilino ante el propietario, en el caso de que el arrendatario no pueda hacer frente a las mensualidades. De esta forma, el propietario podrá ejecutar el aval y cobrar las deudas pendientes.
  • Ejecutar el aval bancario: Este es un contrato que establece un compromiso de pago -monetario o de otra índole- por parte de un tercero, es decir, del banco en este caso o como garantía ante situación de impago.