Fiscalidad

Hacienda acumula 230.000 demandas fiscales y tiene una deuda pendiente de cobro de 40.400 millones

El Estado ha tenido que afrontar 12.145 millones de euros en indemnizaciones por sentencias judiciales adversas. Más de un 60% del total de las liquidaciones tributarias recurridas son estimadas totalmente

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán.
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán.Carlos LujánEuropa Press

Hacienda debe afrontar una litigiosidad tributaria creciente que alcanza ya al 21% del total de los ingresos tributarios recaudados, lo que refleja la "complejidad y el volumen del problema". Así lo advierten los expertos de Derecho Financiero y Tributario reunidos por el Instituto de Estudios Económicos (IEE) en el informe 'El problema de la litigiosidad tributaria en España. Propuestas de solución y mejora desde la perspectiva de las empresas', en el que constatan que esta litigiosidad afecta "gravemente a la competitividad" y reclaman que se implemente un "conjunto de medidas alternativas que favorezcan una resolución ágil de conflictos con la administración tributaria y que den rendida respuesta a los principios de eficacia, simplificación y seguridad jurídica".

Y las cifras les dan la razón. El número de reclamaciones tributarias superó las 230.000, un dato que "no ha dejado de crecer en los últimos años", con una deuda acumulada pendiente de cobro gestionada por la Agencia Tributaria que alcanzó, a cierre de 2022, los 40.421 millones de euros -de los que10.847 millones es deuda suspendida como consecuencia de recursos y reclamaciones-, a lo que habría que añadir unos 12.145 millones de euros como suma de indemnizaciones que ha de afrontar el Estado por sentencias judiciales adversas.

En concreto, el informe recuerda que una cuarta parte de los recursos de reposición fueron estimados totalmente a favor del contribuyente en todo o en parte. Del resto de los recursos, en torno a un 26% fueron considerados totalmente en la vía económica-administrativa y, de los desestimados entre 2018 a 2021, cerca del 32% se estimaron en el ámbito contencioso-administrativa. Es decir, más de un 60% del total de las liquidaciones tributarias recurridas son estimadas totalmente, lo que es un indicativo de la existencia de "fallos en la Administración", y reflejo de un problema que acrecienta la litigiosidad, ya que recurrir "termina resultando favorable al contribuyente en un número muy elevado de casos", señala el informe.

En cuanto a las indemnizaciones, el IEE resume los datos aportados este mismo año por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), que sitúa en 12.145 millones de euros el coste de las sentencias judiciales adversas en el periodo 2014-2022, costeado en su mayor parte con el Fondo de Contingencia. Entre las principales sentencias destacan las del céntimo sanitario (1.671 millones), las prestaciones de paternidad y maternidad en IRPF (1.371), las retenciones a fondos de inversión extranjeros (740), los pagos fraccionados en IS (433), el canon hidráulico (1.737), la plusvalía municipal (800), la compensación de bases imponibles negativas (1.317) o el Modelo 720 (250). A este gasto habría que añadir el relaciones con las últimas resoluciones, la que tienen que ver con el IAE de los operadores de telefonía móvil (1.479 millones), la devolución de IRPF a los mutualistas (1.700), la inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016 en materia de IS (1.200), y la anulación, por el TJUE, del tipo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (6.500).

El presidente del IEE, Íñigo Fernández de Mesa, ha señalado que esta situación no constituye un hecho aislado, sino que responde "a un problema estructural del sistema tributario español en el que resalta la complejidad normativa". En su opinión, ésta es "dispersa, tanto en los tributos como en los niveles administrativos a los que afecta", y su redacción "ambigua". También ha recordado que seis de cada 10 de estas reclamaciones interpuestas por los contribuyentes han sido estimadas en alguna instancia -a lo que se suma que una cuarta parte de los recursos de reposición fueron también estimados-, pese a que los "plazos de resolución son excesivamente largos", lo que provoca "una merma de recursos para las empresas, ya que los fondos destinados a litigar con la Administración no se pueden dedicar a otros usos, como la inversión. Nadie gana con esto", ha sentenciado Fernández de Mesa.

En su análisis del sistema tributario español, el centro de estudios de la CEOE encuentra "mayores discrepancias en la interpretación y aplicación de la norma entre la Administración y el sujeto pasivo", unas divergencias que "se ponen de manifiesto durante las actuaciones de comprobación e investigación realizadas por la Agencia Tributaria mediante los departamentos de gestión e inspección". Un situación que se ve agravada por un esquema sancionador que supone "la imposición, casi automática, de sanciones cuando se produce una falta de ingreso, sin tener en cuenta la existencia de errores menores sin intención fraudulenta que pudieran eximir de dicha sanción". Una postura muy criticada por los expertos, qua recuerdan que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ya desestimó en una sentencia de este mismo año que "no es posible imponer sanciones de manera automática cuando se produce una falta de ingreso de un tributo", considerando que la Administración "siempre debe acreditar y motivar la culpabilidad en la conducta del contribuyente" y, si no lo hace, debe "prevalecer la presunción de inocencia del artículo 24.2 de la Constitución", tal y como había sido marcado por jurisprudencia consolidada, y no por lo tanto exoneración de sanción alguna.

Por ello, reiteran que la litigiosidad desmedida que se está produciendo es culpa tanto de la complejidad normativa por una redacción ambigua de las leyes, como por la falta de "cultura cooperativa" entre la Administración y el contribuyente, que puede provocar un "posible conflicto de interés" derivado del esquema de incentivos de los inspectores. En este sentido, el Instituto reclama "simplificar la normativa, implementar mecanismos alternativos de resolución de conflictos en caso de disparidad de criterio y desvincular los incentivos de los inspectores de la liquidación". Asimismo, que se impulse el "fomento de una relación cooperativa entre Administración y contribuyentes, la reforma de procedimientos administrativos y judiciales, y la desvinculación de incentivos de la Agencia Tributaria de las cantidades liquidadas y establecimiento de mecanismos de responsabilidad sobre actos y decisiones para la Administración y sus funcionarios".

También reclaman que se acorten los plazos de resolución de recursos (administrativos y judiciales) porque "son excesivamente largos" -algunos superan incluso los 10 años de procesos-, y advierten de que la complejidad de los trámites "desincentiva la resolución temprana de los conflictos" y la falta de especialización de los tribunales en materia tributaria contribuye igualmente "a la lentitud y al carácter errático de las resoluciones". Además, inciden en que la seguridad jurídica mejoraría si se establecieran, por parte de la Administración, "criterios interpretativos claros y consistentes, reforzando, para ello, el carácter vinculante de las consultas tributarias y acortando los plazos de respuesta".