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Constitución

Protegiendo a los ciudadanos

La Razón
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Nos hallamos inmersos en otro proceso de reforma de los colegios profesionales que, esperemos, venga a garantizar la independencia que como sociedad civil poseemos en la defensa de los derechos de los ciudadanos. La reforma acometida en 2009 ya modernizó el marco normativo que regula el sector.

La existencia del requisito de incorporación al colegio profesional para ejercer está garantizando a los ciudadanos que los profesionales que les atienden lo hacen cumpliendo unas normas deontológicas y aplicando unos conocimientos y técnicas en permanente actualización, de acuerdo a la ética y ciencia imperantes. Así, los usuarios y pacientes poseen la confianza de contar con unos servicios profesionales prestados con calidad y responsabilidad.

Cuando hablamos de las profesiones colegiadas nos referimos a derechos fundamentales, ya que su ejercicio afecta a la salud, la seguridad, el patrimonio, los bienes o los servicios generales, cuya defensa con absoluta independencia reclamamos los profesionales. Por ello, debemos ser muy cuidadosos ante una excesiva liberalización que pudiera impactar negativamente en el ejercicio de los derechos ciudadanos.

Como parte activa de la sociedad civil, los colegios profesionales gozan de un estatus de independencia que permite articular la protección del interés general y de los derechos fundamentales de la ciudadanía, particularmente, de los colectivos más vulnerables. Para todo ello, las organizaciones colegiales necesitan de gobernanza y transparencia para cumplir estas funciones con la adecuada imparcialidad.