Advertencia

¿Puedo viajar al extranjero si estoy cobrando una prestación? El SEPE lo aclara

Las consecuencias de no tener en cuenta estas reglas pueden resultar en la suspensión o en la extinción total de las prestaciones

Economía.- Los aeropuertos de Aena cierran 2023 con más de 283 millones de pasajeros superando niveles prepandemia
Economía.- Los aeropuertos de Aena cierran 2023 con más de 283 millones de pasajeros superando niveles prepandemiaEuropa Press

A través de sus redes sociales, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha aclarado el entramado que envuelve las prestaciones, subsidios y la Renta Activa de Inserción (RAI) cuando se decide emprender un viaje al extranjero. "El cobro de la prestación variará según cual sea el motivo y la duración de tu traslado", advierte el SEPE, destacando la importancia de comprender las implicaciones que tiene el desplazamiento internacional sobre las ayudas económicas que puedan estar recibiendo los ciudadanos.

El organismo público señala que, dependiendo del motivo del viaje y su duración, el cobro de las prestaciones puede cambiar drásticamente. En el caso de viajar por razones laborales, el SEPE establece distintos escenarios que van desde la suspensión temporal hasta la extinción definitiva de la prestación, según la duración del traslado.

Un detalle clave que resalta el SEPE es la necesidad de notificar el desplazamiento antes de la salida, especialmente cuando se está cobrando la prestación por desempleo. Las consecuencias de no hacerlo pueden resultar en la suspensión o incluso en la extinción de la prestación.

Si el viaje tiene una duración inferior a un año y está motivado por cuestiones laborales, la prestación se suspende temporalmente, reanudándose si el regreso se realiza sin haber encontrado trabajo en el extranjero. Sin embargo, si el periodo fuera superior a un año, la prestación se extinguiría, y al retornar, el beneficiario no tendría derecho a percibir el paro.

En el caso de viajes por motivos no laborales y con una duración inferior a 15 días, la prestación se mantiene, siempre y cuando se informe al SEPE y se realice la correspondiente presentación en la oficina de empleo a la vuelta. Pero si la estancia supera los 15 días (hasta 90 días), la prestación se suspende y se extinguirá si se prolonga sin justificación.

En situaciones de traslados dentro de la Unión Europea o Suiza, el beneficiario tiene la posibilidad de exportar la prestación y recibirla en el extranjero durante tres meses, prorrogables por otros tres, previa solicitud al SEPE y cumpliendo ciertos requisitos, como inscribirse como demandante de empleo en el país de destino.

El retorno a España después de un periodo en el extranjero también conlleva particularidades. Si antes de salir no se estaba cobrando la prestación, los ciudadanos españoles podrían tener derecho a un subsidio como persona emigrante retornada, siempre y cuando no hayan trabajado en España en los seis años anteriores a la salida. En caso de haber cotizado entre 90 y 359 días antes del viaje, se accede a un subsidio, mientras que con 360 días cotizados, se tiene derecho a la prestación.