IRPF

Renta 2022: ¿tener un parto múltiple puede hacerme pagar menos en la declaración?

Las desgravaciones fiscales a nivel estatal y autonómico pueden reducir la cantidad de impuestos que deberán pagar los contribuyentes por sus ingresos

Mujer embarazada
Mujer embarazadaDreamstime

La campaña de la declaración de la Renta es la cita a la que deben acudir los contribuyentes cada año para rendir cuentas con Hacienda, pagando por los ingresos obtenidos en cada ejercicio fiscal. Presentar las declaraciones del IRPF y Patrimonio puede resultar una tarea compleja para algunas personas, dando lugar a numerosas equivocaciones o incluso algún que otro "despiste". De esta forma, muchas de ellas podrían pasar por alto las diferentes desgravaciones fiscales a nivel estatal y autonómico a las que pueden optar y que reduciránla cantidad de impuestos que deberán pagar por sus ingresos.

Los padres y madres están de suerte, ya que a efectos fiscales, tener hijos conlleva una serie de deducciones, una de ellas, destinada a los contribuyentes que hayan tenido un nacimiento o parto múltiple. Pero, ¿en qué comunidades existe esta deducción?

Asturias

El contribuyente podrá beneficiarse de una deducción de 1.000 euros por cada hijo nacido o adoptado en el período impositivo en que se lleve a cabo el nacimiento o la adopción, siempre y cuando el menor conviva con el progenitor o adoptante en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y se trate de partos múltiples o de dos o más adopciones constituidas en la misma fecha.

La adopción se entenderá realizada en el ejercicio impositivo en que se lleve a cabo la inscripción en el Registro Civil español. Cuando la inscripción no sea necesaria se atenderá al período impositivo en que se produzca la resolución judicial o administrativa correspondiente. Además, en el supuesto de matrimonios o uniones de hecho la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos cuando estos opten por la presentación de declaración individual.

Castilla y León

En esta autonomía, el contribuyente podrá beneficiarse de una "deducción por partos o adopciones múltiples", desgravándose el 50% de la cantidad que corresponda por la aplicación de la deducción por nacimiento o adopción si el parto múltiple o la adopción simultánea ha sido de dos hijos que generen el derecho a la aplicación del "mínimo por descendiente". La cuantía podrá ser del 100% de la cantidad que corresponda por la aplicación de la deducción por nacimiento o adopción si el parto múltiple o adopción simultánea ha sido de tres o más hijos, que generen el derecho a la aplicación del "mínimo por descendiente". Asimismo, la igual deducción se practicará en los supuestos de nacimientos o adopciones independientes producidos en un período de doce meses.

Los residentes en Castilla y León deberán cumplir unos requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción:

  • La base imponible total menos el mínimo persona y familiar no puede superar los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en el caso de la declaración conjunta.
  • A efectos de determinar el número de orden del hijo nacido o adoptado, se tendrá en cuenta al hijo nacido y a los restantes hijos, de cualquiera de los dos progenitores, que convivan con el contribuyente en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre), computándose a estos efectos tanto los que lo sean por naturaleza como por adopción.
  • Cuando ambos progenitores o adoptantes tengan derecho a la aplicación de la deducción, su importe, en caso de declaración individual, se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
  • En el supuesto de que el contribuyente carezca de cuota íntegra autonómica suficiente para aplicarse el total de la deducción en el período impositivo en que se genere el derecho a la misma, el importe no deducido podrá aplicarse en los tres períodos impositivos siguientes hasta agotar, en su caso, el importe total de la deducción.

Extremadura

En Extremadura, los contribuyentes se podrán deducir 300 euros por hijo nacido en el período impositivo, siempre y cuando el menor conviva con el progenitor en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y se trate de partos múltiples.

En esta línea, los contribuyentes deberán cumplir una serie de requisitos para poder beneficiarse de esta deducción:

  • La suma de las bases imponibles y del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaración no debe superar los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 en la conjunta. No obstante, en el caso de que el contribuyente resida habitualmente en municipios y entidades locales menores con una población inferior a 3.000 habitantes, la suma de las bases imponibles no deberán superar los 28.000 euros en tributación individual y los 45.000 en la declaración conjunta.
  • Cuando los hijos nacidos convivan con ambos progenitores el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos si optaran por tributación individual.

Valencia

Los contribuyentes que residan en esta comunidad autónoma podrán optar a una deducción por nacimiento o adopción múltiples y por la cual podrán recibir 246 euros. No obstante, en el caso de los contribuyentes fallecidos antes del 28 de octubre de 2022, el importe se reducirá, ya que la deducción será de 224 euros.

Los requisitos para poder aplicar esta deducción serán los siguientes:

  • Que los hijos nacidos o adoptados cumplan los requisitos que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes establecido en la normativa estatal reguladora del IRPF.
  • Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, casillas [0500] y [0510] de la declaración, respectivamente, no sea superior a 30.000 euros en declaración individual y a 47.000 euros en declaración conjunta. Si el contribuyente ha fallecido antes del 28 de octubre de 2022, la suma de la base liquidable general y de la del ahorro no podrá superar los 25.000 euros.
  • Cuando más de un contribuyente declarante tenga derecho a la aplicación de esta de­ducción, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.