Pedro Sánchez
El Gobierno ocultó a Europa que cambiaría la mayoría para elegir el CGPJ
Evitó avalar la mayoría cualificada en el informe que debían presentar ante el Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco), organismo del Consejo de Europa, en septiembre.
El Grupo de Estados Contra la Corrupción (GRECO) es un organismo del Consejo de Europa tiene como una de sus principales funciones velar por la independencia judicial. Desde hace años, en todos sus informes relativos a España se pone en cuestión esta faceta, principalmente por el modelo de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, el sistema de nombramientos de altos cargos judiciales y la vinculación del fiscal general con el Gobierno.
Así se recogió, por ejemplo, en su último informe del pasado año, en el que se ponía de manifiesto dos aspectos relevantes: «No cabe duda de la independencia e imparcialidad de los jueces en el desempeño de sus funciones», y, por otro lado, el hecho de que el debate sobre la politización de la Justicia española viene, precisamente, por el sistema de designación de los vocales del CGPJ y por ello pedía directamente la «eliminación» de los vocales del turno judicial «por parte de los políticos».
Para dar respuesta a esos requerimientos de GRECO, en lo que afecta al órgano de gobierno de los jueces y magistrados, el secretario de Estado de Justicia, Pablo Zapatero, remitió el pasado mes de marzo una carta al presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, en la que se le solicitaba que le remitiese la información que considerara el CGPJ «de interés» para transmitirla al citado órgano de la Comisión Europea antes del 30 de junio, para que pudiese ser tenida en cuenta de cara al nuevo informe que debe realizar sobre España.
El CGPJ, cumpliendo con esos plazos, aprobó el 4 de junio un informe en el que centrado en lo relativo a la «politización» del mismo por el mismo por la elección de vocales por el Poder Legislativo, el Consejo venía a resaltar que el modelo actual «puede cambiar», pero que, a la vez, el mismo «es incuestionable desde un punto de vista de legitimidad democrática».
Y, junto a ello, se destacaba que el hecho de que los elegidos tuviesen que contar con el aval de al menos 3/5 de los diputados o senadores reforzaba esa «independencia judicial». El argumento no era otro que al necesitase ese amplio consenso parlamentario es obligatorio contar con «una convergencia de fuerzas políticas diversas y evita la conformación de un Consejo General de Poder Judicial que responda a una mayoría parlamentaria concreta y coyuntural». Es decir, se venía a avalar la designación de los vocales con mayoría de tres quintos en el Congreso y en el Senado.
Donde no entraba el Consejo, porque no está dentro de sus funciones, era en lo relativo a la supresión de la intervención de las cortes en la designación de los vocales de extracción judicial.
Estas consideraciones llegaron al Ministerio de Justicia a principios de junio. Sin embargo, Justicia no envió su informe, junto al del Consejo, antes del 30 de ese mes, como era preceptivo, sino que pidió una prórroga hasta el 30 de septiembre alegando que la situación provocada por la pandemia del Covid-19 imposibilitaba cumplir ese plazo. Sin embargo, llegó el 30 de septiembre y, según afirmaron a LA RAZÓN fuentes solventes y conocedoras de la situación, «tampoco se ha remitido a GRECO ningún informe ni las consideraciones del Consejo» en las que se defendía la elección de vocales con la mayoría cualificada de tres quintos de diputados y senadores.
Curiosamente, ese mismo día, el 30 de septiembre, aparecía la primera noticia de que el Gobierno sopesaba modificar la Ley para que no fuese necesaria esa mayoría cualificada para la elección de los 12 vocales de extracción judicial –se mantiene para los ocho restantes, por el turno de juristas, porque viene fijado de forma expresa en la Constitución–. Dos días después, el 2 de octubre, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, confirmaba públicamente la decisión del Ejecutivo de llevar a cabo esa reforma y, finalmente, el pasado día 13 se confirmaba esa previsión con la presentación de la Proposición de Ley por parte de PSOE y Unidas Podemos. De esta forma, se ha dado la «coincidencia» de que el plazo solicitado por Justicia para enviar a GRECO el informe sobre las cuestiones planteadas relativas a la independencia judicial, con especial referencia al CGPJ, ha coincidido con el cambio de criterio relacionado con la mayoría necesaria para la elección de los consejeros del órgano de gobierno de los jueces. Pero, además, hay otra segunda «coincidencia». El pasado mes de abril, el Gobierno envió a la Comisión Europea su informe dentro del nuevo mecanismo de vigilancia del Estado de Derecho. En ese informe, el Gobierno de Pedro Sánchez defendía a capa y espada la mayoría cualificada de tres quintos para la designación de todos los vocales como un mecanismo de garantía de independencia judicial en España.
Y lo hacía con unos argumentos muy similares a los que expresó apenas dos meses después, en junio, el CGPJ, con frases prácticamente idénticas. Esto sostenía el Gobierno de Sánchez ante Bruselas el pasado abril relativo a la elección de vocales del Consejo: «Esta exigencia de mayoría cualificada de tres quintos garantiza, a la par que la absoluta coherencia con el carácter general del sistema democrático, la convergencia de fuerzas políticas diversas, y evita la conformación de un CGPJ que responda a una mayoría parlamentaria concreta y coyuntural, reforzando su independencia frente al poder político».
Es decir, se venía a refrendar que esa mayoría cualificada era un aval a la independencia judicial. Ahora, al parecer, ya no se necesita.
De esa forma, el Ejecutivo incidía en que el CGPJ es «totalmente independiente del resto de los poderes del Estado», negándose por ello que la forma de selección de sus miembros pudiese influir en ese grado de independencia.
Era en este punto donde aludía el Gobierno de Pedro Sánchez ante Bruselas que la fórmula prevista actualmente para esos nombramientos está diseñada para «desasociar la posible identificación que pudiera establecerse entre el sentido de las mayorías parlamentarias y políticas y el CGPJ». Así, se aludía a que el mandato del Consejo es de cinco años, con lo que no coincide con la legislatura y la mayoría cualificada necesaria para la elección. Algo que parece que ya no es necesario para fortalecer esa independencia judicial.
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