
Tribunales
La Audiencia avala a Pedraz y ordena que se subaste el Ferrari de Aldama
La Sala de lo Penal confirma la decisión del magistrado Pedraz y ordena la subasta de los coches de lujo incautados al comisionista

La Audiencia Nacional ha ordenado subastar los coches de lujo del presunto comisionista del caso Koldo, Victor de Aldama, entre ellos un Ferrari de alta gama, sin esperar a que haya una sentencia condenatoria.
La Sala de lo Penal ha dictado un auto, al que ha tenido acceso EFE, que rechaza el recurso de Aldama contra la decisión acordada el pasado 3 de junio por el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia de subastar los vehículos, avalada por la Fiscalía.
Se tratan de vehículos y ciclomotores que Aldama manifiesta que son de su propiedad y que anteriormente fueron objeto de embargo y prohibición de disponer por parte del juez, y respecto de los cuales Aldama «se ofreció a tenerlos en depósito y se comprometió a que no se depreciara su valor con el tiempo, añadiendo que, en algunos casos no solo no se depreciaría sino que aumentaría su valor».
Pero la Sala entiende que «los argumentos expuestos por Aldama no pueden ser atendidos ya que concurren en el presente caso los elementos y requisitos que se establecen en el artículo 367 quáter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, especialmente aquellos relativos a que se ha acreditado que los gastos de custodia y de depósito que generan estos bienes son cuantiosos para la Administración Pública».
Y, además, «no cabe duda que los mismos son depreciables con el tiempo, pues es obvio que los vehículos y ciclomotores, se utilicen o no, pierden su valor de tal manera que el valor actual de realización anticipada va a ser mayor que en un momento posterior, lo cual disminuye el valor de los bienes embargados».
De manera que, continúa la Sala, «disminuye la cuantía o el importe con lo que se puede hacer frente, en su caso y si así procede, a la responsabilidad civil que se pudiera derivar de una posible sentencia de carácter condenatoria» Es más, los magistrados aconsejan que «con la finalidad de mantener en la medida de lo posible el valor actual que pudiera tener», se debe proceder a «la entrega de varios de ellos a las entidades financieras que ostentan un derecho de reserva de dominio sobre los mismos al estar en régimen de renting».
Al respecto, explican que esta decisión «no atenta ni vulnera el derecho a la presunción de inocencia» de Aldama, ya que tiene una base legal y que en caso de que se dictara una resolución favorable para el empresario, «siempre podría reclamar de la Administración el valor que se ha obtenido» con la venta.
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