País Vasco
El juez suspende un acto en favor de presos de ETA en un pueblo gobernado por Bildu
Un Juzgado de San Sebastián ha ordenado hoy la suspensión cautelar de una "encartelada"a favor de los presos de ETA organizada esta tarde en la Tenencia de Alcaldía del Ayuntamiento de Pasaia (Guipúzcoa), que gobierna Bildu, con motivo de las fiestas del Carmen del barrio de Trintxerpe.
El delegado del Gobierno en el País Vasco, Carlos Urquijo, fue quien denunció este acto recogido en el programa de fiestas del barrio de Trintxerpe de Pasaia y ordenó a la Abogacía del Estado la interposición de un recurso contencioso administrativo contra esta decisión.
Este recurso ha sido estimado parcialmente por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de San Sebastián, que ha ordenado suspender la inclusión de esta "encartelada"del programa de fiestas, aunque concede audiencia a sus promotores para que, en el plazo de tres días, aleguen lo que estimen oportuno para después decidir si se levanta, mantiene o modifica esta decisión.
El acto a favor de los presos de ETA Juanjo Aristizabal, Gabriel Zabala y Jon Urkizu, naturales de Pasaia, estaba previsto a las ocho de la tarde, tras el chupinazo, la izada de bandera y el volteo de campana.
El auto judicial no analiza el fondo del asunto, es decir si el acto vulnera lo previsto en la Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo o el artículo 578 del Código Penal sobre apología del terrorismo, como pretendía la Abogacía del Estado.
Simplemente constata que se trata de un "acto de concentración o manifestación política"del que "no consta"que cuente con la autorización gubernativa correspondiente.
Por ello, acepta la medida cautelar de suspenderlo solicitada por la Abogacía del Estado con carácter de urgencia, dado que la "encartelada"está prevista para esta misma tarde porque, de lo contrario, el recurso perdería su finalidad.
No obstante, acuerda conceder audiencia a los organizadores de este acto para que en el plazo de tres días aleguen lo que estimen conveniente y, en ese caso, se dictará un nuevo auto en el que se levantará, mantendrá o modificará el fallo de hoy.
El juzgado sí señala que la Administración ha basado este recurso en el programa de fiestas extraído de la página web del Ayuntamiento de Pasaia por lo que no se sabe "si se trata de una actividad estrictamente municipal"o ha sido promovida por particulares o por una asociación, aunque en cualquier caso la corporación lo "hace suyo".
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