Política

Francisco Velasco

El Supremo informa a Interior de que el juicio del procés” arrancará sobre el 5 de febrero

El traslado a Madrid de los nueve encarcelados en Cataluña deberá realizarse la próxima semana

Los encarcelados en Cataluña por liderar el procés, en una imagen realizada en la prisión de Lledoners
Los encarcelados en Cataluña por liderar el procés, en una imagen realizada en la prisión de Lledonerslarazon

El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, ha dirigido hoy una comunicación al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en la que le informa que el juicio del “procés” comenzará en fechas próximas al 5 de febrero –en breve se fijará el inicio definitivo–, a fin de que lo tenga en cuenta para ordenar los traslados de los nueve encarcelados por esta causa que se encuentran en prisiones de Cataluña. En fechas recientes, instó también a Interior para que cursara las órdenes pertinentes a Instituciones Penitenciarios para que esos presos preventivos estuviesen a disposición del Tribunal, en cárceles próximas a Madrid, en la úlltima semana de enero, es decir, a partir del próximo lunes. Ahora dependerá, por tanto, del Ejecutivo, concretar cuándo y cómo serán trasladados desde la prisión de Lledoners (Tarragona) el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los ex presidente de la Asociación Nacional Catalana y Ómnimun Cultural,Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente, y los ex consellers Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva; así como los de la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell y la ex consellera Dolors Bassa, quienes están en las prisiones de Mas d’Enric, situada en el municipio de El Catllar (Tarragona), y de Basses, en Girona, respectivamente.

“Uso de la violencia”

Todos ellos están acusados por la Fiscalía de un delito de rebelión, mientras que la Abogacía del Estado considera los hechos por los que serán juzgados como un delito de rebelión, motivo por el que solicita en su escrito de acusación penas sustancialmente inferiores a las reclamadas por el Ministerio Público. La diferencia de criterio estriba en que la Fiscalía del Tribunal Supremo no tiene dudas de que todo el plan orquestado desde la Generalitat, con el prófugo Carles Puigdemont al frente y con Oriol Junqueras desempeñando un papel más que relevante, destinado a lograr la independencia de Cataluña por la vía unilateral tras la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 llevaba implícito el uso de la violencia si fuese necesario para lograr ese objetivo, como así sucedió de forma especial en todo lo acontecido ante la Consejería de Economía el 20 de septiembre. En cambio, la Abogacía del Estado, dependiente del Gobierno, no aprecia en ningún momento el uso de la violencia, limitándose a considerar la existencia de un «ambiente hostil».

El plan urdido por el Govern

La Fiscalía resume en pocas frases el plan urdido desde el Govern que presidía Puigdemont para lograr su objetivos: “Orillar la aplicación de la legalidad constitucional y estatutaria, e impedir el cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales dictadas al amparo de aquélla, para conseguir como objetivo último –con sus propias leyes y sus propias estructuras de Estado– declarar la independencia de esa parte del territorio nacional y obligar al Estado a aceptar la separación del referido territorio, finalidad que estuvieron a punto de lograr con los actos delictivos que ejecutaron poniendo así en grave peligro el orden constitucional”. Y ello, sin escamotear ningún medio que fuese necesario para lograr la independencia, aunque se tuviese que recurrir a la violencia.