
Tribunales
La Fiscalía apoya que Laura Borràs no entre en prisión a la espera del indulto
Dice que no se opone a que se suspenda su ingreso en prisión para evitarle "posibles perjuicios" de cara a su petición de indulto

La Fiscalía Provincial de Barcelona ha apoyado que Laura Borràs, expresidenta del Parlament de Cataluña, no entre en la cárcel a la espera de que se tramite el indulto. De esta forma, el Ministerio Público respalda la solicitud de la dirigente de Junts que reclamó que no se hiciera efectivo su ingreso en prisión hasta que se resuelva la petición de la medida de gracia.
En su escrito, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, el Ministerio Público expone que "con la finalidad de evitar posibles perjuicios en caso de que se resolviera favorablemente la petición de indulto", no se opone a la suspensión del cumplimiento de la pena de cuatro años y medio de cárcel a la que fue condenada "siempre que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (que fue el que le juzgó) eleve al Gobierno al petición de indulto solicitada.
Al respecto, recuerda que el punto séptimo de la sentencia del TSJ de Cataluña propuso la concesión del indulto en favor de la dirigente del partido que lidera Carles Puigdemont, pese a que fue condenada por delito continuado de falsedad en documento oficial, prevaricación administrativa y como inductora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil. El Tribunal Supremo, por su parte, confirmó la condena e inhabilitación por adjudicar de forma irregular un contrato de la Institución de las Letras Catalanas (ILC) -que dirigió entre 2013 y 2018- a un conocido.
En su sentencia, del pasado mes de febrero, el alto tribunal consideró acreditados no solo la adjudicación irregular de este contrato de 335.700 euros, sino que lo troceó en 17 adjudicaciones menores para que no superara el límite legal previsto. La Sala de lo Penal confirmó también confirmó su condena de 13 años de inhabilitación y multa de 36.000 euros, desestimando de esta manera el recurso de Borràs y confirmando la proporcionalidad de la pena.
Del mismo modo, y de acuerdo con la Fiscalía se desestimó su petición de que se le aplicara la amnistía que Moncloa diseñó con sus socios independentistas. El alto tribunal determinó que los hechos probados en su causa fueron calificados como delitos de prevaricación y falsedad y que éstos no guardan relación alguna con el procés.
"Ni el perfil, ni el desarrollo de una acción de gobierno, en la parcela administrativa que dirigía la recurrente, permiten considerar que la conducta por la que ha sido condenada se enmarca en un contexto del denominado proceso independentista catalán. El hecho probado refiere una conducta consistente en una contratación administrativa, obviando las exigencias de la contratación administrativa, para facilitar una adjudicación directa a una persona, también condenada, que se beneficiaba de esa adjudicación directa", expuso el Tribunal Supremo.
En referencia a Isarías Herrero, el conocido de Borràs que se benefició de esta irregularidad, la Fiscalía tampoco se opone a que se paralice su ingreso en prisión por el momento. El Ministerio Fiscal se ampara en la colaboración mostrada durante el acto de juicio oral, a que "ha superado su adicción a sustancias estupefacientes" y que abonó ya la multa impuesta en la condena.
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