
Tribunales
Hazte Oír denuncia el "atropello" del juzgado con la quita de su cartel contra Sánchez: "Es una barbaridad"
El abogado de la asociación confirma a LA RAZÓN que ultiman un recurso en el que pedirán la nulidad de la decisión por graves "anomalías"

Hazte Oír, la asociación detrás del cartel que llamaba a Pedro Sánchez "corrupto", ultima un recurso de apelación directo ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la decisión del juez de retirarlo como medida cautelar, tal y como ha podido saber LA RAZÓN.
El abogado de la entidad, Javier María Pérez-Roldán, denuncia públicamente los defectos de fondo y forma en que -considera- incurre el auto con el que el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid decidió mandar a los bomberos a quitar la lona colgada frente al Congreso de los Diputados.
Pérez-Roldan explica a este diario que, para empezar, no se indica qué delito es del que el juez ha visto indicios suficientes para dictar la cautelar, ya que en el auto viene "sin especificar".
Tampoco olvida que en el caso de que en lo que se indague es en si hay un delito contra el honor -que cita el juez- o de injurias y calumnias -como asegura la diputada socialista denunciante-, debería ser el propio presidente del Gobierno el que presentase la demanda. Dado que, recuerda el letrado, la legislación así lo establece, que debe ser el presunto ofendido el que lleve los hechos ante la Justicia.

En segundo lugar, indica que contra este tipo de delitos "que no son del ámbito público" debe presentarse una demanda y, más tarde, celebrarse siempre un acto de conciliación previo a que, si no hay acuerdo, el líder del PSOE interpusiese una querella contra la asociación. Esto tampoco ha ocurrido.
La denuncia fue presentada ante la comisaría de la Cámara baja por la portavoz adjunta del grupo parlamentario socialista, Begoña Nasarre, que -apunta el representante legal de HO- no se indica en el auto que ostente un poder especial que le autorice a actuar legalmente en nombre de Sánchez como ofendido.
Una serie de "anomalías" en las que ve un "atropello" y "una barbaridad" cometida por el juez Arturo Zamarriego y que no descarta que acabe en la anulación de su decisión (de retirar su lona).
El "exceso"
Pérez-Roldán muestra, asimismo, su desacuerdo con que el instructor hable de un posible "exceso" en el ejercicio de la libertad de expresión por parte de la asociación. "Las expresiones están amparadas o no por este derecho, no sé a qué se refiere".
Pero, volviendo al plano formal, advierte de que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC) fija expresamente que las resoluciones como esta tienen que indicar en su final el plazo que las partes tienen para interponer los recursos y, si bien se indica las dos vías para presentar alegaciones, no se indica en esta el margen temporal para interponerlas.
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