Tribunales

El PSOE ratifica en el Supremo su demanda por el camión de Hazte Oír por ir "contra Pedro Sánchez"

En su escrito de conclusiones ante la Sala Tercera insiste en que la iniciativa en las europeas no está amparada por la libertad de expresión y destaca su "identidad plena" con otros partidos

El camión de Hazte Oír
El "Capobus" de Hazte Oír, pasando por la madrileña Plaza de CastillaRedesRedes

El PSOE ha ratificado en el Tribunal Supremo (TS) su demanda contra Hazte Oír por el camión que recorrió las calles de Madrid en la campaña de las pasadas elecciones europeas con mensajes contra Pedro Sánchez y Begoña Gómez. Los socialistas pretenden que la Sala Tercera anule la decisión de la Junta Electoral Central (JEC), que consideró que la iniciativa no infringió la ley electoral y estaba amparada en el derecho a la libertad de expresión y de opinión, como ya había determinado la Junta Electoral Provincial de Madrid.

En su escrito de conclusiones, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, el PSOE mantiene "íntegramente" los argumentos de su demanda de noviembre del pasado año, en la que denunciaron haber sido el objetivo de una campaña "negativa y de desprestigio" de Hazte Oír con el objetivo "claro, evidente y no ocultado" de "perjudicar electoralmente a Pedro Sánchez y al PSOE".

Con su recurso, precisa la formación que lidera Pedro Sánchez, "no se pretende restricción alguna de la libertad de expresión o de cualquier derecho fundamental" de este colectivo, sino el "efectivo cumplimiento" de los fines de la Ley Electoral, "la transparencia y objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad".

Se trató, afirma, de "una campaña negativa, bien financiada, con incidencia real el proceso electoral" cuyo propósito -con mensajes como "Begoña imputada. Sánchez dimite ya"- era según el PSOE "reducir y perjudicar las opciones electorales del Partido Socialista Obrero Español", actuando "a favor de un claro beneficiario: su ideario de corte ultraderechista y ultracatólico".

La Junta Electoral no vio infracción

La iniciativa, defiende, no puede encuadrarse en el derecho a la libertad de expresión porque estaba "directamente encaminadas a captar votos favorables para una o varias candidaturas" y a "socavar una candidatura concreta, la del PSOE". No se trataba, explica, de exteriorizar "posiciones críticas o discrepantes" con una formación política, sino de ir "contra Pedro Sánchez, el PSOE y el socialismo".

"No se puede negar -argumenta- la plena coincidencia del mensaje que "pasea" por las calles de Madrid, luego multiplicado por los medios de comunicación, con los de formaciones políticas que sí concurren a las elecciones. La identidad es plena".

En este sentido, apunta que en su contestación a la demanda, la Abogacía del Estado -que no aprecia una vulneración de la ley electoral- "no niega la existencia de una campaña negativa" contra "uno de los partidos concurrentes a las elecciones".

Pero para los Servicios Jurídicos del Estado, no hay infracción electoral porque en esa campana no hubo "una captación de votos a favor de una candidatura, sino un intento de influir en la orientación del voto contra una candidatura concurrente al proceso electoral".

En esa campaña, Hazte Oír exhibió carteles tachando a Pedro Sánchez de "torpe, engreído, corrupto y felón" y difundió mensajes en redes sociales reclamando una "España unida para parar el golpe". No obstante, la Junta Electoral tampoco apreció irregularidad alguna a este respecto.