"Procés"

El TC ratifica la recusación en bloque de Macías y ya tiene vía libre para abordar la amnistía

El Pleno rechaza, con cuatro votos en contra, el recurso de súplica del PP contra la decisión de apartar al exvocal del CGPJ de todos los recursos contra la ley

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante un desayuno, en el Ateneo de Madrid, a 7 de abril de 2025, en Madrid (España). El Ateneo de Madrid organiza los ‘Desayunos del Ateneo’ con el objetivo de crear un espacio de encuentro con líderes y personalidades relevantes de la sociedad, la cultura y la política españolas.07 ABRIL 2025Eduardo Parra / Europa Press07/04/2025
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido Eduardo ParraEuropa Press

El Tribunal Constitucional ya tiene vía libre para abordar la Ley de Amnistía tras ratificar la recusación en bloque del magistrado José María Macías en todos los recursos contra la polémica ley. Como se esperaba, el Pleno ha dado carpetazo a esta cuestión -con el voto en contra de los cuatro magistrados conservadores- y ha rechazado el recurso de súplica interpuesto contra esa decisión tanto por el PP como por varias autonomías gobernadas por los populares, que se quejaron de que al aplicar de forma automática al resto de procedimientos la recusación acordada para la cuestión de inconstitucionalidad interpuesta por el Tribunal Supremo contra la amnistía se les estaba privando de su derecho a efectuar alegaciones, vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva.

La mayoría progresista del TC apartó a Macías de todos los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía por haber firmado, como vocal del CGPJ, un informe contrario a la norma. Pero en lugar de tramitar por separado esa recusación en cada uno de los procedimientos, el Pleno optó por extender en bloque esa recusación inicial al resto de recursos pendientes. La decisión impidió tanto al PP como a las comunidades autónomas gobernadas por el PP, que no habían reclamado que Macías fuera apartado, presentar alegaciones en relación a esa recusación, que fue adoptada a instancias del fiscal general en la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo.

La sentencia, a finales de junio

Resueltos estos recursos, el Tribunal Constitucional tiene ya vía libre para debatir y resolver el recurso del PP contra la amnistía -el primero sobre el que se pronunciará la corte de garantías-, que según fuentes del TC puede tener sentencia la última semana de junio, una vez estudiada la ponencia que debe llevar al Pleno la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán. Previsiblemente, ese borrador de sentencia -elaborado por seis letrados del TC durante meses- avala mayoritariamente la medida de gracia, estimando solo parcialmente el recurso de la formación de Alberto Núñez Feijóo respecto a cuestiones de menor calado (entre ellas, el ámbito temporal de la medida de gracia, delimitado de manera muy amplia en la ley).

El TC interpretó que al haber secundado el dictamen del CGPJ contra la amnistía, Macías pudo "tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad". Pero los cuatro magistrados discrepantes dieron la voz de alarma y avisaron de que hurtar a los recurrentes la posibilidad de efectuar alegaciones en el resto de procedimientos por la amnistía vulnera su derecho a un juez imparcial y a la tutela judicial efectiva. Según pusieron de manifiesto, no es posible extender la recusación de Macías en una cuestión de inconstitucionalidad (que cuestiona la aplicación de la ley a un supuesto determinado) a los 16 recursos de inconstitucionalidad pendientes (que se dirigen contra la ley en su conjunto).

Uno de los jueces disconformes, Enrique Arnaldo, calificó la decisión del TC de "inédita e insólita" y sin precedentes porque la recusación inicial de Macías no puede trasladarse -insistía- "de manera absoluta y automática" al resto de recursos. Y en su voto particular llamaba la atención sobre el hecho de que "en esos recursos ninguno de los recurrentes (de diversa significación política) ha mostrado duda alguna sobre la imparcialidad del magistrado". Y, sin embargo, resaltaba, "se han visto privados de una determinada composición del Tribunal con la que estaban conformes, sin posibilidad de formular alegación alguna al respecto", algo que a su entender "conculca las garantías de un proceso justo".

Por otro lado, sus compañeros Concepción Espejel y César Tolosa mostraron su oposición de que se silenciara la opinión de los diputados del PP, de doce gobiernos autonómicos y tres parlamentos de distintas comunidades autónomas pese a que gozan de "una legitimación constitucionalmente cualificada de especial significación política, institucional y democrática en los recursos de inconstitucionalidad ya admitidos a trámite".

Petición de paralizar la tramitación

La decisión del Pleno se produce horas después de que tres magistrados -Concepción Espejel, César Tolosa y Enrique Arnaldo- reclamasen al presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, que aplace el pronunciamiento sobre la Ley de Amnistía hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) decida si es o no contraria al derecho comunitario (hay cuatro cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles, entre ellos el Supremo y el Tribunal de Cuentas). Los jueces discrepantes plantearon incluso la posibilidad de que el propio TC acuda al TJUE para disipar la controversia sobre la adecuación de la amnistía al derecho de la Unión.

Pero finalmente ese punto no se ha incluido en el orden del día, y está por ver si se lleva al Pleno antes de que los magistrados reciban el borrador de sentencia, algo que podría suceder, según las fuentes consultadas, a principios de junio, para darles así tiempo a analizar una ponencia que se adivina extensa dada la trascendencia jurídica del asunto y de las repercusiones sociales y políticas del fallo.