
Tribunales
El Supremo reduce a una "invocación alegórica" la comparación de Sánchez con Mussolini que hizo Abascal
Rechaza la querella del PSOE por delito de odio, injurias y amenazas contra el líder de Vox por decir que el pueblo querrá un día "colgar de los pies" al presidente

El Tribunal Supremo ha inadmitido la querella que presentó el PSOE por delito de odio, injurias y amenazas contra el líder de Vox, Santiago Abascal, quien en una entrevista concedida al periódico argentino "Clarín", publicada el 10 de diciembre de 2023, afirmó en referencia al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que "habrá un momento dado que el pueblo querrá colgarlo de los pies".
La Sala de lo Penal, en consonancia con el criterio de la Fiscalía, no ve indicios de delito porque -argumenta- "no todo lo que puede considerarse inaceptable en términos discursivos y expresivos es penalmente relevante". Para el alto tribunal, las expresiones utilizadas por Abascal revelan una "frontal radical oposición tanto a la persona de Sánchez como a su gestión política". Pero ese rechazo, matizan los magistrados, no es suficiente para considerar delictivo su comportamiento.
El PSOE expuso en su querella que las manifestaciones de Abascal patentizan "una estrategia de deslegitimación al presidente del Gobierno, al identificarle como dictador" y equipararle con lo que le sucedió a Mussolini en 1945 -para el tribunal, una mera "invocación alegórica"-, lo que según la formación socialista "busca justificar que, en un momento dado, se utilice la violencia" contra Pedro Sánchez. Y se quejaba de que las palabras de Abascal propician que sus seguidores y simpatizantes se refieran al jefe del Ejecutivo en sus manifestaciones como "psicópata", "dictador", "golpista" o "delincuente".
Sin embargo, el Supremo concluye -en una resolución de la que ha sido ponente el magistrado Javier Hernández- que “no parece compatible con los propios fundamentos del pluralismo político que puedan oponerse límites penales a los discursos de los representantes públicos electos que, aun en términos descarnados o exagerados, pretendan cuestionar y deslegitimar, desde la oposición, la gestión política del Gobierno y de su presidente".
Defensa del pluralismo político
"No parece compatible con los propios fundamentos del pluralismo político -asegura- que puedan oponerse límites penales a los discursos de los representantes públicos electos que, aun en términos descarnados o exagerados, pretendan cuestionar y deslegitimar, desde la oposición, la gestión política del Gobierno y de su presidente".
"La corrección, la adecuación del discurso, los niveles deseables de confrontación del debate político -matiza la Sala- son cuestiones que no se pueden, porque no se deben, abordar desde el Código Penal". El Código Penal, insiste, "no sirve para medir la aceptabilidad de determinadas expresiones", por lo que los jueces deben limitarse a discernir si las mismas incitan o promueven "la discriminación, el odio, la hostilidad o la violencia contra determinados grupos o personas".
Con esas premisas, el tribunal no aprecia que con sus palabras Abascal "esté promoviendo, fomentando o incitando a la violencia contra el presidente del Gobierno y el Partido Socialista en los términos que reclama la intervención penal".
Expresiones "exageradas"
Y tras esgrimir la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal Constitucional (TC), la Sala afirma que "pese a los indicadores de confrontación presentes en nuestra realidad sociopolítica y sus proyecciones que, en forma de protestas y concentraciones ante la sede del Partido querellante, se describen en la querella, no resulta posible trazar un pronóstico de que la conducta expresiva del querellado haya generado un riesgo significativo de grave afectación de las bases de la convivencia pacífica o del estatuto de ciudadanía del que son titulares el presidente del Gobierno y los militantes del Partido Socialista".
Para el Supremo, la referencia a Mussolini es una "invocación alegórica" y ni esas palabras ni la calificación de "golpista" al Gobierno que hizo el líder de Vox -pese a tratarse, dice, de expresiones "disruptivas" y "exageradas", "muy alejadas" de las "condiciones ideales del debate público", no pueden sin embargo "aislarse del contexto político fuertemente divisivo en el que se producen, marcado por el cuestionamiento absoluto de determinadas iniciativas legislativas". De hecho, recuerda, en la entrevista Abascal se refiere a la Ley de Amnistía.
"La radical oposición ideológica también debe ser constitucionalmente protegida como manifestación genuina del pluralismo y de la propia democracia", hace hincapié el Supremo.
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