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Tribunales

Condenado por arrancar de un mordisco parte de un dedo en una pelea en Lugo

La discusión derivó en un forcejeo y, ya en el suelo, se propinaron golpes mutuos antes de que el acusado provocase una amputación parcial

La Audiencia de Lugo. EUROPAPRESS

La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a un hombre a un año y nueve meses de prisión por un delito de lesiones con la circunstancia agravante de reincidencia, después de que mordiese el dedo índice de la mano izquierda de otro varón hasta arrancarle parte de la falange distal durante una pelea en agosto de 2022.

Los hechos ocurrieron en la madrugada del 12 de agosto de 2022, en las inmediaciones de un local de hostelería. Según se recoge en la sentencia, ambos implicados mantenían diferencias previas y terminaron por enfrentarse físicamente. La discusión derivó en un forcejeo y, ya en el suelo, se propinaron golpes mutuos. Fue entonces cuando el condenado mordió con fuerza el dedo de su adversario hasta provocarle una amputación parcial.

El afectado sufrió además un traumatismo craneal, aunque sin pérdida de conocimiento. La gravedad de la mordedura obligó a una intervención quirúrgica para confeccionar un muñón en el dedo dañado, así como a un tratamiento prolongado con analgésicos, antibióticos y curas.

En total, el proceso de recuperación se extendió a lo largo de 80 días, de los cuales 19 fueron considerados de perjuicio personal moderado y 61 de perjuicio básico. La secuela definitiva es un perjuicio estético calificado como ligero.

El tribunal rechaza la legítima defensa

Durante el juicio, celebrado en junio de 2025, el acusado alegó que había actuado en defensa propia porque la otra parte habría portado un cuchillo. Sin embargo, los magistrados desestimaron este argumento al considerar que se trató de una riña mutuamente aceptada, en la que ambos contendientes se agredieron de forma voluntaria.

La Sala sí tuvo en cuenta que el condenado actuó con violencia suficiente para provocar un resultado grave, y que además se trata de un reincidente, pues ya había sido sentenciado en 2019 por otro delito de lesiones. Este antecedente penal pesó en la decisión de los magistrados, que fijaron la pena de prisión en el tramo superior del marco legal.

Casi 13.000 euros en indemnizaciones

Además de la pena privativa de libertad, la Audiencia Provincial impone al condenado el pago de indemnizaciones. En concreto, deberá abonar 11.974,64 euros al lesionado por los daños sufridos y otros 1.244,95 euros al Sergas por los gastos derivados de la asistencia sanitaria.

Estas cantidades incluyen tanto los días de recuperación como la valoración de la secuela y el perjuicio estético ocasionado. A ello se sumarán los intereses legales hasta que se haga efectivo el pago.

El tribunal impone también las costas del procedimiento al condenado, incluidas las de la acusación particular.

El fallo no es firme. Contra él cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en el plazo de diez días desde su notificación.

Aunque en un primer momento el Ministerio Fiscal había solicitado cinco años de prisión y la acusación particular reclamaba seis, la Audiencia Provincial de Lugo optó por aplicar el tipo básico de lesiones y fijar la pena en un año y nueve meses. El tribunal valoró que la amputación fue solo parcial y que no supuso una pérdida funcional del dedo, aunque sí dejó una huella física visible.