Tribunales

Más de 20 años de cárcel por abusos sexuales bajo la excusa de masajes terapéuticos

El TSXG confirma que el hombre recurrió a "tratamientos terapéuticos" para abusar de cuatro víctimas, dos de ellas menores

Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)
Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)larazonlarazon

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que condenó a un hombre a 21 años y tres meses de prisión por cuatro delitos de abusos sexuales, dos de ellos cometidos contra menores de 13 años.

Los hechos ocurrieron en un contexto familiar, donde el acusado se valió de su relación con las víctimas y la excusa de realizar “tratamientos con masajes” para perpetrar los abusos.

La resolución judicial subraya la contundencia de las pruebas y la credibilidad de los testimonios de las víctimas, calificándolos de “perfectamente creíbles, coherentes y en línea con los parámetros del denominado triple test”.

Este criterio, utilizado habitualmente en casos de delitos sexuales, evalúa la credibilidad subjetiva, la verosimilitud del testimonio y la persistencia en la incriminación. Los jueces destacaron que las declaraciones de las víctimas no presentan inconsistencias relevantes y están respaldadas por elementos objetivos, como el contenido del diario de una de las menores abusadas.

Credibilidad de los testimonios

En su recurso, la defensa alegó una supuesta vulneración del principio in dubio pro reo, que obliga a fallar a favor del acusado en caso de duda razonable. Sin embargo, el TSXG desestimó esta petición, afirmando que no existieron dudas en la valoración de las pruebas y que las declaraciones de las víctimas aportaron los elementos necesarios para determinar la culpabilidad del acusado.

El tribunal también rechazó los intentos de la defensa de restar credibilidad a los testimonios basándose en la demora en las denuncias y en la participación del acusado en acontecimientos familiares posteriores a los hechos.

Los magistrados recordaron que, en casos de delitos sexuales, es común que las víctimas tarden en denunciar los abusos, algo que no afecta la veracidad de sus relatos.

Penas y medidas adicionales

La condena incluye, además de los 21 años y tres meses de prisión, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el cumplimiento de la pena, así como la imposición de libertad vigilada por un periodo de diez años tras su salida de prisión.

El acusado también deberá indemnizar a las víctimas con cantidades que oscilan entre los 7.000 y los 10.000 euros, dependiendo de cada caso.

Los hechos probados

Según recoge la sentencia, los abusos se produjeron en diversas circunstancias a lo largo de varios años. Una de las menores, de 12 años, acudió al domicilio del acusado para recibir un supuesto tratamiento para su escoliosis, durante el cual el hombre aprovechó para realizar tocamientos de carácter sexual. Otra de las víctimas, también menor, fue agredida mientras permanecía en el domicilio del acusado, quien utilizó su relación familiar para ganarse su confianza.

Asimismo, dos mujeres adultas también denunciaron abusos cometidos bajo el pretexto de recibir terapias manuales o acupuntura en el domicilio del acusado.

Los hechos, calificados por el tribunal como “absolutamente inaceptables”, fueron juzgados inicialmente por la Audiencia Provincial de A Coruña, que dictó la sentencia condenatoria en septiembre de 2024.

La defensa del acusado recurrió esta decisión, pero el TSXG ha ratificado el fallo en su totalidad. La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.