Justicia

Nacho Vidal, procesado por la muerte del fotógrafo José Luis Abad en un ritual con veneno de sapo

La jueza ha decretado el sobreseimiento de las diligencias para una prima del actor y otro investigado, que se encontraban en el rito

Nacho Vidal niega practicar chamanismo y se encuentra "muy afligido" por la muerte del fotógrafo
Nacho VidalEUROPA PRESS (Foto de ARCHIVO)16/10/2012larazonEUROPA PRESS

El pasado 3 de junio de 2020, el actor porno fue detenido por la Guardia Civil acusado de un delito de homicidio imprudente al haber participado en un ritual místico consistente en inhalar “veneno de sapo”, y en el que, al parecer, murió por efectos de esta droga el fotógrafo valenciano José Luis Abad. Nueve meses después de su puesta en libertad condicional, el juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Xàtiva, tras la conclusión de las investigaciones, considera que los hechos, sucedidos el 28 de julio de 2019 en una vivienda de Enguera propiedad de Vidal, podrían ser constitutivos de un delito dehomicidio imprudente.

La jueza ha decretado el sobreseimiento de las diligencias para una prima del actor y otro investigado, que se encontraban en el rito del “sapo bufo”, al no apreciar responsabilidad penal alguna en su actuación. A pesar de que hay indicios de que estaban presentes en la ceremonia ninguno de los dos tenía “el control de la situación” ni realizaba “actividades de dirección de la misma”. Esta función, según las investigaciones, recaía presuntamente en Nacho Vidal, que será el único procesado por el suceso.

La resolución, notificada este miércoles y que puede ser recurrida, establece un plazo de 10 días para que la Fiscalía y el resto de las acusaciones formulen escrito de acusación y pidan la apertura de juicio oral, soliciten el sobreseimiento o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

Nacho Vidal
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Un ritual irracional y peligroso

La instructora del caso concluye que la víctima falleció a causa de una reacción adversa a las drogas de abuso después de participar en una “práctica, rito o experiencia espiritual o mística”, que consiste en inhalar el humo de la combustión de las escamas del conocido como “veneno de sapo”. Según el auto, el encausado “actuaba como director” del rito, “dada la experiencia que tenía en estos actos”, y presuntamente fue él quien proporcionó la sustancia que inhaló el fallecido sin controlar la cantidad suministrada.

La jueza, además, recuerda que el rito se llevó a cabo “sin ningún tipo de precaución por si se complicaba”, ya que no consta que en la casa “hubiera material de primeros auxilios o desfibrilador alguno” o que el investigado “supiera realizar correctamente una maniobra de recuperación respiratoria”. “Ante un pretendido ritual que resultó irracional, temerario y peligroso,Ignacio J. G. actuó sin ningún tipo de rigurosidad ni se anticipó a los riesgos que finalmente se produjeron”, añade la magistrada, que considera que no es “de ningún modo admisible” que la metilbufotenina, compuesto psicoactivo presente en el veneno del sapo de la especie Bufo Alvarius, pueda denominarse medicina, “ya que no se encuentra catalogada ni controlada por el Ministerio de Sanidad”.