Ministerio de Justicia

Los jueces abren la puerta a que los cuidadores cobren más

Cataluña tendrá que pagar el doble a una familia cuya prestación por dependencia se vio reducida a la mitad

Los jueces abren la puerta a que los cuidadores cobren más
Los jueces abren la puerta a que los cuidadores cobren máslarazon

Madrid- Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) obliga a la Generalitat a pagar íntegramente la prestación de cuidador no profesional a una familia cuyo hijo disminuido trabaja en un taller ocupacional. El problema que se plantea es la diferenciación entre los llamados «centros de día» y los «talleres ocupacionales». Los primeros son encargados de cuidar, asistir o supervisar a los disminuidos; los segundos, trabajan para la rehabilitación de la persona, dotándola de responsabilidades y potenciando sus habilidades.

La normativa actual sólo establece incompatibilidad si se trata de los centros de día, hecho que la Generalitat parece haber obviado con el objetivo de pagar la mitad de la ayuda establecida a estas familias. Según la sentencia, es compatible el cobro íntegro de la prestación con estos talleres ocupacionales concertados, por lo que miles de familias podrán reclamar el doble de lo que ahora perciben. El fallo revoca una sentencia anterior del juzgado social número 11 de Barcelona al entender que los centros de día complementan la labor familiar y por tanto les afecta directamente la limitación reductora de la prestación pero los talleres ocupacionales no están afectados por la incompatibilidad porque «persiguen una finalidad distinta orientada a la rehabilitación y no a cuidar, asistir o supervisar».

 El tribunal da así la razón a los padres de David, un joven de 29 años con disminución psíquica que fue reconocido en 2008 como beneficiario de esta ley con una situación de grado II nivel 2. En 2010, se le asignó una ayuda económica mensual de 168,12 euros –la mitad de lo que le correspondería por la prestación íntegra–, designando a su madre como cuidadora no profesional y perceptora de esta suma. Ahora, el TSJC decreta el derecho de la familia a cobrar 336,24 euros mensuales por prestación para cuidador no profesional independientemente de la asistencia del joven a un taller ocupacional concertado y condena a la Generalitat a pagar esta cifra con efectos desde el 2008.

Según las asociaciones de discapacitados, esta resolución sienta jurisprudencia. Jorge Urosa, abogado y profesor de Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos, cree que «todavía no ya que para ello son necesarias dos resoluciones del Tribunal Superior en el mismo sentido», pero sí que «crea un precedente obligando a las posteriores resoluciones no de Derecho pero sí de hecho», sentencia.

 

La calma en plena tormenta política
La sentencia del TSJC llena de esperanza a miles de familias para reclamar prestaciones, en un momento delicado tras el anuncio de reforma de la ley de dependencia. De hecho, la Asociación de Directores y Gerentes de Servicios Sociales considera que la reforma supone «la práctica destrucción del sistema de atenciones y un retroceso en los derechos de estas personas y sus familias».