Constitución

Renovación del TC

La Razón
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La manida crisis institucional del TC sobre su renovacion se debe al mandato de renovación del Alto Tribunal por tercios. El artículo 159 de nuestra Carta Magna establece que la elección corresponde a Congreso, Senado, Gobierno y CGPJ. Además, establece un sistema de mayorías cualificadas en las cámaras –en concreto en el Congreso son necesarios 210 diputados–, lo que obliga a que los dos partidos mayoritarios se pongan de acuerdo y consensúen los nombres de los magistrados electos. Este precepto estaba pensado para que el perfil fuera lo menos marcado posible y asegurar objetividad y equilibrio. El problema se ha generado cuando los partidos han decidido utilizar al TC como una pieza más del tablero político, entrando en un juego de mayorías y minorías bochornoso. Esta poca altura de miras ha llevado al mayor desprestigio del TC en su historia. Ahora que parecen ponerse de acuerdo, es deseable que den al Constitucional el sitio que le corresponde.