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Comunidad de Madrid

Las multas urbanísticas costarán más caras

Sanciones. La nueva Ley del Suelo de la Comunidad endurece las faltas a aquellos que hagan proyectos ilegales y les obligará a pagar de su bolsillo la restitución de la legalidad

El Gobierno regional endurece las sanciones e introduce la fórmula de la declaración responsable larazon

Sanciones. La nueva Ley del Suelo de la Comunidad endurece las faltas a aquellos que hagan proyectos ilegales y les obligará a pagar de su bolsillo la restitución de la legalidad

La nueva Ley del Suelo que está tramitando la Asamblea de Madrid endurece extraordinariamente las faltas urbanísticas. A partir de su aprobación, una ampliación ilegal de una terraza, por ejemplo, podrá costar hasta tres millones de euros en función de la gravedad de la infracción. Así, a diferencia de la actual normativa, en la que la sanción monetaria se imponía en función del valor ejecutado, ahora la cantidad será fija desde un mínimo de 1.000 euros y se aplicarán a su vez agravantes y atenuantes. Por ejemplo, si en la reforma ilegal que se cita como ejemplo se hubieran gastado 20.000 euros, con la actual reglamentación la multa sería de 2.000 euros, independientemente del daño urbanístico realizado o el beneficio obtenido por el infractor con la irregularidad.

«No se trata de imponer más sanciones, pero sí será más grave que antes la indisciplina urbanística», explica el director general de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, José Tortosa. Es por ello que, junto a un régimen sancionador más estricto, el Gobierno regional también introducirá la fórmula de la declaración responsable a la hora de hacer reformas en las viviendas. «Es un cambio en el concepto y la cultura respecto a la disciplina urbanística», detalla Tortosa.

Hasta ahora, existía un control previo de la Administración, que otorgaba una licencia y después el particular ejecutaba la obra. Sin embargo, para adaptarse a la ley europea y estatal al respecto, en la nueva Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid será optativo para el particular dicho control previo o bien hacer una declaración responsable o comunicación previa –como la que se aplica para la apertura de negocios– y después habrá inspecciones por parte de la Administración. Es decir, en lugar de pedir primero el permiso, se confía en el proyecto que presente el propietario antes de la reforma y se vigilará después que la obra cumpla con la legalidad vigente

Junto con las inspecciones, la nueva normativa incluye sanciones fijas cuya determinación tendrá que desarrollarse en un reglamento orgánico de la ley una vez aprobadas, que establece que la multa mínima es de 1.000 euros y la máxima de 3 millones de euros. Además, se establecen agravantes y atenuantes como, por ejemplo, que se puede reducir la cantidad si el infractor devuelve a su estado original la irregularidad urbanística y también por pronto pago.

Otra de las novedades que incluirá la nueva Ley del Suelo es que ahora la Comunidad de Madrid podrá repercutir en el infractor el coste de la tramitación del expediente. «Desde el momento en el que el inspector detecta la irregularidad, se sumarán a la sanción pertinente todos los gastos en los que incurra la administración, incluido que tenga que restituir la legalidad urbanística», señala el director general de Urbanismo, que añade que además se contempla la posibilidad de que la administración pueda decomisar cualquier beneficio que se haya obtenido por la comisión de la infracción. «Si ha obtenido un beneficio por la irregularidad, éste se va a valorar y se le va a cobrar», aseguró.

Prescripción más larga

En esta línea, y aunque antes también era responsabilidad de la Comunidad, la normativa dejará bien claro la obligatoriedad de inscribir la infracción en el registro de la propiedad, de modo que el infractor tenga muy complicado beneficiarse de su infracción. Asimismo, se amplía el tiempo de prescripción de la irregularidad hasta ocho años. «Por ejemplo, si una persona con un ático de 90 metros cuadrados lo amplía otros 90 metros cuadrados y pretende venderlo, quien lo compre podrá saber en la nota simple que hay un expediente de disciplina urbanística que pesa sobre el inmueble que podría hacer que se deshiciera la obra», detalla Tortosa, que aclaró que, «aquello que sea legalizable se legalizará, pero lo que no tendrá que demolerse».

«No habrá más multas, pero sí serán más caras», insiste el director general de Urbanismo. Con todo, hasta que no se apruebe la nueva normativa no se establecerá la graduación de la gravedad de las sanciones. «Hay que tener en cuenta que el régimen disciplinario es competencia municipal como hasta ahora y serán los técnicos quienes graduarán la gravedad de la infracción», añade. Así, una ampliación de ático como el ejemplo anterior tendrá mayor o menor sanción si, por ejemplo, está ubicado en un inmueble en una zona de alto valor y cuya ampliación ilegal le supondría un gran beneficio al infractor, o una indisciplina urbanística menor, legalizable y que se pueda restituir sin grandes perjuicios.

El pasado mes de octubre la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, presentó el proyecto de Ley de Suelo que sustituye a la anterior normativa que data de 2001 y que ha sufrido 15 modificaciones desde entonces. El objetivo es clarificar y actualizar la normativa urbanística, unificando la legislación dispersa y de modo que responda a las nuevas formas de ver y hacer urbanismo, contemplando las necesidades de los pequeños municipios –a los que se les facilitan las modificaciones del plan general de ordenación urbana, entre otras cuestiones–.

Igualmente, contemplará la transparencia y la participación ciudadana en todos los procedimientos urbanísticos, mediante el establecimiento de nuevas reglas de información y mecanismos de participación en los procedimientos administrativos en la materia. En este sentido, los municipios estarán obligados a facilitar indicadores de información que permitan conocer el seguimiento de su desarrollo, el progreso del Plan General de Ordenación Urbana y la necesidad de su revisión. Los ayuntamientos tendrán un plazo de cuatro años para, una vez aprobada la Ley en la Asamblea de Madrid –aún no hay fecha para que el Consejo de Gobierno apruebe el anteproyecto que se remitirá a la Cámara autonómica–, adapten sus respectivos planeamientos urbanísticos conformes a la nueva norma.

Unificar la normativa dispersa

El objetivo de la nueva Ley del Urbanismo y Suelo de la Comunidad de Madrid cuyo borrador presentó el Gobierno regional el pasado mes de octubre es unificar la dispersión normativa y la conflictividad jurídica que ocurre con la ley vigente que data de 2001 y que ha sufrido 15 modificaciones desde entonces. Así, se agilizarán planes urbanísticos y se incorporará la normativa más reciente de la Unión Europea, así como cuestiones de transparencia y participación ciudadana.

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