Lotería de Navidad

Si pasa esto se suspenderá el sorteo de Lotería de Navidad este año

El Sorteo Extraordinario de Navidad es casi intocable en el calendario español: ni guerras ni pandemias lo han frenado. Pero la normativa sí contempla un supuesto muy concreto en el que podría llegar a suspenderse

Todo el mundo quiere estos números para el sorteo de Lotería de Navidad 2025: este es el motivo
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En España, el 22 de diciembre no es una fecha más: es el día en que el Teatro Real se llena de bombos, niños de San Ildefonso y millones de décimos pendientes de una bola. Desde que se celebra el Sorteo de Navidad, hace más de dos siglos, nunca se ha cancelado, ni siquiera durante la Guerra Civil o en plena pandemia de Covid-19, cuando se mantuvo el sorteo con restricciones y sin público.

Esa sensación de "tradición intocable" contrasta con un detalle poco conocido: la ley sí prevé un escenario límite en el que el sorteo tendría que detenerse.

La grieta en el sistema: rotura del bombo o fallo grave del material

La clave está en la Instrucción General de Loterías, el texto que regula cómo deben celebrarse los sorteos de Lotería Nacional. El artículo 32 es muy explícito: si durante el sorteo se produce la "rotura o descomposición de algún globo u otro útil de los que se emplean para los sorteos", el presidente debe ordenar que se repare de inmediato, si es posible. Si la pieza mecánica no puede arreglarse, la norma ordena continuar el acto por procedimientos manuales, siempre que la Junta lo considere viable.

Solo si el incidente es de tal magnitud que impide continuar el sorteo con garantías, el artículo abre la puerta a la suspensión: en ese caso, se levantaría un acta detallando lo ocurrido y el sorteo se daría por interrumpido. Eso implica que el único motivo técnico directo para suspender el Sorteo de Navidad es un fallo grave del material imprescindible -bombo, mecanismos, tolvas- que deje sin efecto las medidas de respaldo manual previstas. Es decir, tendría que ocurrir algo más serio que un simple error humano al cantar un premio, como ya se ha visto en otras ediciones y que se corrige sobre la marcha sin detener el proceso.

¿Se puede aplazar por orden política?

Más allá del fallo técnico, la normativa contempla otra vía: una decisión expresa del Gobierno. En el extracto de la misma Instrucción General se recoge que, "para suspender los sorteos, trasladarlos de fecha o variar lo anunciado, se necesita una Orden ministerial dictada al efecto".

Eso significa que el Ministerio de Hacienda -del que depende Loterías y Apuestas del Estado- podría, en teoría, mover o suspender el Sorteo de Navidad por causas de fuerza mayor: un problema serio de seguridad, un desastre que afecte al lugar del sorteo o una emergencia nacional que haga imposible celebrarlo con normalidad.

Hasta la fecha, no hay precedentes modernos de una orden de este tipo aplicada al Sorteo de Navidad, y las propias fuentes del sector recuerdan que la cita del 22 de diciembre se ha mantenido incluso en los contextos más difíciles.

A día de hoy, en 2025, nada apunta a un cambio de fecha o a una suspensión por decisión política, sería un movimiento de consecuencias económicas, mediáticas y simbólicas enormes.

¿Qué pasaría con los décimos si algo así ocurriera?

Si el sorteo se interrumpiera, la normativa obliga a conservar todas las bolas y documentos utilizados hasta ese momento y a levantar un acta que recoja el estado exacto del proceso. A partir de ahí, correspondería a Hacienda y a Loterías fijar una nueva fecha o decidir cómo reanudar el sorteo, ajustando en consecuencia los plazos de cobro de los premios, que hoy caducan a los tres meses desde el día siguiente a la celebración efectiva.